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Viernes, 19 abril 2024
MUNDO IMPOSITIVO
5 de julio de 2020

Dan media sanción a una nueva ley de emergencia para PYMES

El Senado bonaerense le dio el visto bueno de manera unánime a una serie de medidas económicas.

Dan media sanción a una nueva ley de emergencia para PYMES - La Tecla Mar del Plata

Por Víctor Chobadindegui

 

El pasado 2 de julio la Cámara de Senadores de la provincia aprobó por unanimidad un proyecto de ley que establece por 180 días un plan de emergencia productiva, económica, financiera y tarifaria para las micro y pequeñas empresas y todas aquellas declaradas no esenciales. Su vigencia será retroactiva a partir del 20 de marzo de 2020.

Como primera medida se suspenderán por 180 días los cortes de los servicios públicos de energía eléctrica, gas natural, internet y agua potable. El pago de las facturas correspondientes a los servicios mencionados podrá ser diferido mientras dure el aislamiento y las obligaciones impagas que se registren podránser financiadas en hasta 12 cuotas sin recargos.

Por otra parte, el proyecto contempla que el Poder Ejecutivo reglamentará la aplicación de una batería de medidas y beneficios fiscales que se detallan acontinuación:

  • Dictar una moratoria impositiva sin penalidades, recargos, ni intereses para las obligaciones vencidas durante lavigencia del aislamiento. Los intereses moratorios devengados no deben superar la Tasa Pasiva para las medianas empresas. Para las micros y pequeñas empresas la alícuota aplicable nunca podrá superar el 50 % de la tasamencionada.
  • Prorrogar el vencimiento y pago de los impuestos provinciales durante el período de vigencia del estado de emergencia.
  • Establecer un plan de refinanciación y descuento del impuestoautomotor correspondiente al año en curso, que no podrá ser inferior al 40 % y no excederá nunca del 60%.
  • Establecer un plan de refinanciación y descuento del inmobiliario correspondiente al año en curso, que no podrá ser inferior al 16% y no excederá nunca del 84%.
  • Eximir a las micros empresas de la presentación de las declaraciones juradas y pagos del Impuesto a los Ingresos Brutos por 180 días.
  • Suspender las retenciones de Ingresos Brutos en las operaciones bancarias y la aplicación de intereses de las obligaciones tributarias durante el estado de emergencia.
  • Frenar de manera inmediata todas las medidas cautelares y ejecuciones judiciales derivadas de títulos ejecutivos emitidos por la provincia, cuya finalidad haya sido el cobro de deudas impositivas.

El proyecto también dispone que el Poder Ejecutivo deberá lanzar una línea de crédito especial a una tasa que no supere el 50% de la tasa activa del Banco Provincia. En el mismo sentido se prorrogan todos los vencimientos de los créditos otorgados por dicho banco prohibiendo el descuento en los salarios.

Para finalizar, considero muy necesaria la urgente sanción definitiva y su correspondiente reglamentación para que las medidas detalladas puedan tener efecto en una comunidad muy necesitada de alivios económicos y financieros.

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