El gobierno de Guillermo Montenegro pretende no pagar los reclamos indemnizatorios por los recortes de las bonificaciones docentes que se implementaron entre octubre de 2018 y diciembre de 2019, según se desprende de la estrategia legal que siguen los abogados del Municipio en las causas judiciales que los docentes iniciaron en la justicia marplatense. La postura legal contrasta con las declaraciones públicas del propio intendente y los funcionarios ligados al tema, donde siempre se reconoció la ilegitimidad de la decisión del exintendente Carlos Arroyo y de la necesidad de buscar algún mecanismo para saldar la deuda millonaria (superior a los $200 millones, sin contar intereses), donde la recuperación de fondos nacionales y provinciales fue una de las principales variantes desplegadas. Pero sin embargo, otra es la realidad que se refleja en los expedientes judiciales consultados por La Tecla Mar del Plata, donde se asegura que el decreto 2272 de Arroyo fue “un acto administrativo válido y legítimo, lo que descarta absolutamente la nulidad pretendida por la actora y con ello la posibilidad del reconocimiento retroactivo del pago de la bonificación”. Ello consta, por caso, en la causa “Abalay Angela Soledad y otros contra Municipalidad de General Pueyrredon s/ pretensión anulatoria”, una de las decenas de demandas colectivas que en abril de 2019 se llevaron adelante con el apoyo del Sindicato de Trabajadores Municipales y que se sustancian en los juzgados Contencioso Administrativo 1 y 2. En este expediente en particular, en marzo la abogada de Abalay denunció el hecho nuevo que configuró la sanción en enero del decreto 079/20 de Guillermo Montenegro, mediante el cual se volvió al anterior cálculo de la fórmula para establecer las Bonificaciones Docentes, en base a la categoría 12 del escalafón municipal con una jornada semanal de 35 horas, y que derogó los artículos 9 y 10 del decreto arroyista, que estuvo vigente plenamente entre octubre de 2018 y diciembre de 2019. La postura de los docentes es que ese nuevo decreto municipal reconoce la invalidez del decreto original, por lo que se debe proceder a una indemnización por las diferencias no percibidas en los 15 meses.
En junio se este año, pandemia mediante, se incorporó al expediente la respuesta formal de la Municipalidad ante la presentación de Abalay, con declaraciones reveladoras. “El decreto 079/20 denunciado como hecho nuevo, en modo alguno cuestiona al anterior sino que, por el contrario, se limita a reemplazar los artículos 9 y 10 por razones de oportunidad, mérito y conveniencia y en ejercicio de las facultades que son propias del Departamento Ejecutivo”, se aseguró en primer término. En la contestación del traslado, Legal y Técnica plantea una posición similar a la recientemente adoptada por la Suprema Corte bonaerense, que declaró abstracto el reclamo por competencia de poderes iniciado por Arroyo contra el Concejo Deliberante, mientras que no se refiere sobre la legalidad del decreto de Arroyo, algo que de algún modo favorece esta nueva postura del gobierno municipal. De esa manera, la Municipalidad concluye en que el decreto 2272 fue “un acto administrativo válido y legítimo, lo que descarta absolutamente la nulidad pretendida por la actora y con ello la posibilidad del reconocimiento retroactivo del pago de la bonificación”. La abogada de la ciudad reafirma que “mi parte reitera que el solo dictado del Decreto 79/20 no implica automáticamente que corresponda el pago de la retroactividad y menos aún que le asista el derecho a percibir indemnización alguna”.
La negativa a reconocer las indemnizaciones al personal docente se trata de una estrategia no aplicada únicamente a la causa impulsada por “Abalay y otros”, sino que la misma postura se replica en todos los otros expedientes que avanzaron y en donde ya se dictaron autos de apertura a prueba. Este medio constató esa situación en al menos otros seis expedientes que lleva adelante el Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 (“Amato María Elena y otros”, “Lastina, Lucía Catalina y otros”, Nuñéz, Enrique Esteban y otros”, “Saavedra Marina y otros”, “Pérez Carlos y otros” y “Magrini, Alejandro y otros”). En cuanto al avance de las causas en manos del Juzgado Administrativo N°2, a cargo de Marcelo Fernández, algunas pocas han tenido un avance a autos de apertura a prueba, aunque como los docentes no denunciaron el hecho nuevo del decreto de Montenegro, aún no se reflejó la postura que la Municipalidad ya evidenció en las otras causas. |