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Viernes, 29 marzo 2024
PANDEMIA
3 de mayo de 2021

Tras las idas y vueltas, el Municipio vuelve a estar oficialmente en Emergencia Sanitaria

El intendente promulgó la prórroga de la ordenanza por 90 días. La norma estuvo sin vigencia durante un mes.

Tras las idas y vueltas, el Municipio vuelve a estar oficialmente en Emergencia Sanitaria - La Tecla Mar del Plata

A través del decreto 746/21, el intendente Guillermo Montenegro prorrogó por 90 días la Emergencia Sanitaria en General Pueyrredon.

 La extensión en los plazos de la norma llegó con polémica, ya que la misma había vencido el 29 de marzo pasado y volvió a ser efectiva a partir de la publicación del último Boletín Oficial: el acto administrativo de Montenegro data del 29 de abril, con lo cual la ordenanza estuvo sin efecto durante un mes.

 La dilación se dio a raíz de falencias en el Concejo Deliberante. Tal como informó este medio, el proyecto fue elevado por el Departamento Ejecutivo el 12 de marzo, pero su tratamiento legislativo se postergó ante la resistencia de la oposición del Frente de Todos –que reclamaba que se rinda cuenta de los gastos efectuados- como así también por ciertas diferencias hacia el interior del oficialismo.

 Luego de que Viviana Bernabei y Germán Blanco, los titulares de Salud y Hacienda respectivamente, detallaran los gastos efectuados durante el primer tramo de 2021, el Concejo aprobó la prórroga en la sesión ordinaria del 23 de abril. Y ahora la ordenanza pasó a estar vigente a partir de la promulgación de Montenegro.

 Entre las herramientas que aporta la Emergencia Sanitaria, se destaca la posibilidad de conseguir “en tiempo y forma de los recursos materiales necesarios para el personal que cumple funciones en la Secretaría de Salud, permitiendo contratar, en forma excepcional, profesionales y/o técnicos para dar cobertura al incremento de la demanda del sistema”.

También se expresa la continuidad del  funcionamiento del Consejo Asesor de Prevención e Intervención para el abordaje del COVID-19, que está compuesto por el propio intendente y coordinado por la Secretaría de Salud. También participan diversos actores y entidades de la Región Sanitaria VIII, hospitales públicos, colegio de médicos y farmacéuticos, PAMI, universidades locales y ediles de la comisión de Salud Comunitaria y Desarrollo Humano. Este órgano tiene competencia para comunicar información a la ciudadanía, determinar medidas a seguir y convenios.

 Por otro lado, el Ejecutivo tiene la obligación de elaborar periódicamente, cada 45 días y por escrito, el detalle de las contrataciones, adquisiciones de bienes y servicios y demás afectaciones presupuestarias realizadas en el marco de la ordenanza.

 

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