Apps
Martes, 14 julio 2026
Argentina
20 de enero de 2022
PANDEMIA

Rechazaron el amparo que permitió a una mujer no presentar el pase sanitario

La Cámara Federal de Mar del Plata consideró que el juez Alfredo López no debió haber habilitado la instancia judicial y rechazó la acción de amparo la cual solicitó esta persona para no presentar el pase sanitario.

Rechazaron el amparo que permitió a una mujer no presentar el pase sanitario
Compartir
GoogleAgregar La Tecla Mar del Plata en Google
Agrega La Tecla Mar del Plata a tus medios preferidos en Google.

La medida beneficiaba a Luciana Acuña, quien en su momento argumentó que las normas cuestionadas violaban derechos de índole constitucional, como la libertad de tránsito, la conservación de su salud individual y autonomía de la voluntad.

 

Luego de la apelación de la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires y el Ministerio de Salud de la Nación, el tribunal de alzada consideró que “las normas puestas en crisis por la amparista resultan ser una consecuencia de las políticas públicas asumidas por el Estado ante la grave pandemia que el Covid-19 ha generado a nivel mundial y particularmente nacional y local”, por lo que “no importa ya tanto una cuestión de reconocimiento legal, cuanto de aplicación efectiva de normas jurídicas vigentes, salvo que se presente una manifiesta colisión entre la factura legal y alguna disposición constitucional”.

 

“Para decidir si una norma (…) establece políticas sociales y de salud que involucran un sector que los poderes públicos deben resguardar es inconstitucional, o simplemente si se evalúa disponer su suspensión preventiva a las resultas de una futura sentencia, los jueces debemos tomar especial nota no sólo de su redacción, sino particularmente de sus efectos, y también de los efectos que conllevará frente a la sociedad la resolución a ser adoptada”, indicaron desde la Cámara.

 

También señalaron que el Juez López incurrió “en un evidente error judicial, generando con ello una resolución contraria a la ley, a partir de la comisión de una grave equivocación sobre los hechos ventilados en el caso y la aplicación del derecho”.

 

“Tal y como lo han advertido los representantes del Ministerio Público Fiscal en ambas instancias, (el juez) no debió haber habilitado la presente instancia judicial, debido a que no existió aquí ‘caso’ o ‘causa'”, sostuvieron los integrantes del tribunal.

 

 

OTRAS NOTAS

Mientras el Mundial acapara la atención, el Concejo abre el debate por el polémico shopping Plaza Rumencó

Con la atención puesta en el Mundial, el oficialismo activará el tratamiento del expediente que busca regularizar un emprendimiento que avanzó con obras sin autorización y terminó frenado por la Justicia.

Copyright 2026
La Tecla Mar del Plata
Redacción

Todos los derechos reservados
Serga.NET