La Tecla Mar del Plata
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A través de los decretos N°401/22 y 402/22, el Ejecutivo Municipal rechazó los pedidos de dos ex funcionarios que reclaman el pago de vacaciones no gozadas.
Se trata de José Luis Lago, ex director de Cálculos y Recursos, que se jubiló en agosto de 2020. Y de Alfredo Osorio, ex titular de Hacienda tras el despido de Hernán Mourelle en septiembre de 2019, ya en el último tramo de la gestión arroyista, quien se retiró en diciembre de 2020 cuando ejercía como subcontador municipal.
En el primer caso, el gobierno no le dio lugar a un pedido revocatoria de Lago a raíz del decreto N° 2201/21, acto administrativo en el que se rechazó la primera presentación del funcionario para cobrar las vacaciones no gozadas.
“En primer lugar, cabe dejar expresamente establecido la naturaleza de la relación laboral del reclamante. No se está ante la presencia de un agente municipal y, por consiguiente, su relación no se encuentra regulada por la Ley Nº 14.656 (Estatuto del Empleado Público Municipal). Muy por el contrario, la propia ley excluye del régimen a todos los funcionarios superiores y/o personal con designación política de los Departamentos Ejecutivo y Legislativo, todo ello bajo el juego armónico de los artículos 65, 66 y 67”, planteó el Ejecutivo a través de un dictamen de Legal y Técnica.
En esa línea, el gobierno señaló que la mencionada ley establece que la licencia para descanso anual “es de carácter obligatorio”, salvo por razones de “servicio, enfermedad o duelo”. En esos casos, “la autoridad que lo dispuso deberá fijar nueva fecha para la continuación de la licencia, dentro del mismo año calendario".
Por otro lado, el Ejecutivo esgrimió que la Asesoría General de Gobierno “descarta toda posibilidad de que el monto correspondiente a vacaciones se transforme en un motivo para incrementar el salario, percibiendo el importe respectivo del lapso vacacional sin gozarlo real y efectivamente". Por lo que la licencia anual “se debe cumplir con el objetivo perseguido, esto es, el goce real y efectivo del descanso temporal acordado, evitando que su compensación monetaria se transforme en un motivo para incrementar la remuneración del agente".
Ante toda esta legislación, el gobierno municipal resolvió no dar lugar al planteo recursivo presentado por Lago.
En el caso de Alfredo Osorio, el gobierno rechazó la primera presentación que hizo el economista por el pago de vacaciones no gozadas. Y lo fundamentó en términos similares. “La falta de consumo de la licencia en los plazos que la legislación determina, deviene en la pérdida de ese derecho sin posibilidad de mutar su falta de uso por una reparación económica, ello en base al principio de que las vacaciones son fundamentales para la protección de la salud psicofísica del trabajador”, advirtió el Ejecutivo en el decreto al que accedió La Tecla Mar del Plata.
En esa línea, planteó que solo se puede dar lugar a compensaciones cuando “medie cese del agente, resultando esta una condición ‘sine qua non’ para ser acreedor a dicha indemnización”.
Y remarcó: “Ante el carácter obligatorio del goce de las vacaciones, las mismas deben ser utilizadas por el funcionario o agente, no debiendo compensarse mediante una reparación patrimonial, salvo que se produzca el cese de aquellos, con los alcances señalados en el presente dictamen”.
En este marco, “de las constancias obrantes en los presentes actuados, no surge que haya operado alguna de las excepciones establecidas en la norma para evitar la caducidad de la licencia prevista en el artículo 41 de la Ley 10430 (Estatuto y Escalafón para el personal de la administración publica); por lo que no debe darse lugar a lo requerido”.