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15 de marzo de 2023

La ordenanza que permite habilitar negocios en un día correría riesgo de aplicación

Desde la UCIP insisten en "no dar curso a ningún tipo de habilitación, ni autorizar la apertura del establecimiento, sin el cumplimiento previo de lo establecido" por las leyes provinciales 12573 y 14369. El oficialismo desestimó la advertencia y aseguró que se tratan de "leyes vetustas" y que "espantan la inversión en Mar del Plata".

La ordenanza que permite habilitar negocios en un día correría riesgo de aplicación - La Tecla Mar del Plata

El proyecto de ordenanza impulsado por el Ejecutivo, y aprobado de forma unánime por el Honorable Concejo Deliberante (HCD), que simplifica, digitaliza y brinda gratuidad a los trámites burocráticos para habilitar actividades comerciales y económicas en 24 horas, correría riesgo de aplicación por la existencia de dos leyes provinciales: 12573 y 14369. 

El motivo radicó en el pedido que formalizó la Unión del Comercio, la Industria y la Producción (UCIP) ante el HCD. En ese sentido, este miércoles, la comisión de Industria hizo lugar a la nota particular presentada por la entidad, y solicitó informes a la Secretaría de Gobierno y Producción para que se expidan ante la situación. 

Desde la bancada oficialista desestimaron la advertencia y aseguraron que se trata de "leyes vetustas" que "espantan la inversión en Mar del Plata y pone trabas". Ante este contexto, el edil de Vamos Juntos, Fernando Muro fue tajante: "Sería un retroceso importante", ante la posibilidad de incorporar la normativa provincial a la ordenanza sancionada a fines de 2022. 

"No surge en ningún artículo la obligación expresa de cumplimiento de las leyes provinciales en materia comercial, en particular las leyes PBA 12573 y 14369 de cumplimiento previo y obligatorio a la obtención de la habilitación municipal y apertura del establecimiento", indicaron desde la UCIP. 

En ese sentido, aclararon que acompañan la iniciativa del Municipio, pero expresaron que se requiere “el cumplimiento previo de las normas provinciales, ya que una vez abierto un local sería contradictorio a este espíritu enunciado, el cierre del establecimiento por ser contrario a la ley”

Es por eso que, pretenden "no dar curso a ningún tipo de habilitación, ni autorizar la apertura del establecimiento, ni otorgar certificado de habilitación parcial o definitivo sin el cumplimiento previo de lo establecido", según lo establecido por las leyes provinciales 12573 y 14369.

Ante este contexto, desde el oficialismo aseguraron que "la ordenanza está perfecta, y no hay nada que acordar -en referencia al pedido de la UCIP-". 

¿En qué consiste la Ordenanza?

Clasifica a los rubros en riesgo bajo, intermedio o alto de acuerdo a su complejidad. En el primer caso, las habilitaciones se podrán obtener en el día, siempre y cuando, se traten de establecimientos menores a 500 metros cuadrados, con actividades no peligrosas, ni condicionadas por normativa específica o el Código de Ordenamiento Territorial (COT).

El intendente Guillermo Montenegro señaló que, para obtener la autorización en el día, se deberá hacer un trámite online con la presentación de una declaración jurada. Acto seguido, el Municipio otorgará el permiso al instante, a partir de un código QR, que deberá estar a la vista en el local. Habrá un período de 60 días en el que se deberá realizar la inspección correspondiente para constatar los datos que se volcaron en la declaración jurada.

"Esto no quiere decir que va a ser un viva la pepa. Si al momento de la inspección, no se cumple lo que dijo en la declaración jurada, se va a llevar adelante la clausura, y va a haber sanciones muy duras", remarcó el jefe comunal.

En el segundo grupo, implica habilitaciones en el día, pero con informes técnicos. Contempla rubros que, por su actividad, “impliquen algún grado de peligro y se requiere intervención profesional, condicionado por la superficie”

Mientras que en los casos de riesgo alto, se brindarán habilitaciones diferidas. Aquí se ubican aquellas actividades que "pudieran generar daños significativos sobre los bienes, el ambiente, los trabajadores y/o la comunidad".

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