24 de febrero de 2026
CONFLICTO
La Justicia aguarda definiciones técnicas para determinar responsabilidades por contaminación en Las Prunas
A un año de la denuncia penal que movilizó a los vecinos del Bosque Peralta Ramos, la Fiscalía de Delitos Ambientales supedita el avance de la causa a los informes de la Autoridad del Agua. El conflicto por los vuelcos cloacales en la cuenca del arroyo Corrientes reabre el debate sobre la fragilidad de los controles estatales ante el avance de las urbanizaciones privadas.

El conflicto ambiental que mantiene en vilo a los vecinos de la zona sur de Mar del Plata ha ingresado en una etapa de definiciones estrictamente técnicas, aunque con un trasfondo político y judicial que no deja de sumar tensión. La Fiscalía N°11 de Delitos Culposos y Ambientales, que lleva adelante la investigación iniciada en febrero de 2025, se encuentra actualmente a la espera de un análisis integral por parte de la Autoridad del Agua (ADA). Estos informes periciales serán determinantes para corroborar el grado de contaminación en la cuenca del arroyo Corrientes y, en consecuencia, definir el futuro procesal de los desarrolladores y la administración del barrio privado Las Prunas.
La causa se originó tras años de reclamos por olores nauseabundos y vertidos irregulares en el Cañadón Las Machis, un curso de agua que atraviesa sectores residenciales antes de desembocar en el arroyo. Si bien ya se habían advertido previamente las falencias de un modelo de urbanización que delega en manos privadas la gestión de servicios críticos, la novedad radica ahora en la constatación judicial de irregularidades administrativas de base. Según trascendidos de la investigación, el emprendimiento habría operado sin la inscripción correspondiente en el registro de la ADA y carecería de los permisos vigentes de explotación del recurso hídrico y de vuelco, lo que sitúa al conflicto en un terreno de presunta ilegalidad que excede lo meramente operativo.
Las inspecciones realizadas en la planta de tratamiento de efluentes del barrio privado —una infraestructura necesaria ante la histórica ausencia de redes oficiales de saneamiento en la periferia sur— revelaron deficiencias que complican la situación de los responsables. El hallazgo de sobrenadantes sólidos y la falta de instrumental de medición, como la cámara de aforo, son elementos que la DDI Ambiental y los peritos analizan como indicadores de un tratamiento insuficiente de los residuos. Sin embargo, la celeridad del proceso se ve obstaculizada por una limitación estructural recurrente: la escasez de personal técnico en los organismos de control provinciales para cumplimentar las inspecciones y los análisis de laboratorio de manera inmediata.
Este escenario reaviva la polémica sobre la lógica de expansión urbana en el sector periurbano marplatense. Mientras la mancha urbana continúa su desplazamiento hacia el sur bajo el impulso del mercado inmobiliario, la infraestructura de servicios públicos no logra acompañar dicho crecimiento, forzando a los nuevos desarrollos a implementar sistemas de gestión autónomos. El caso de Las Prunas funciona así como un testigo de las consecuencias de esa falta de planificación integral; la justicia debe determinar ahora si el vertido de efluentes constituye una infracción penal bajo la Ley de Residuos Peligrosos.
Por el momento, el proceso se encuentra en una tregua técnica. Una vez que la Autoridad del Agua remita las conclusiones de las mediciones realizadas, la fiscalía estará en condiciones de determinar si el daño ambiental es lo suficientemente probatorio para citar a indagatoria a los responsables. Mientras tanto, el efluente continúa su curso y la comunidad vecinal aguarda una respuesta que deje de postergar la protección de los recursos hídricos comunes frente a las urgencias de la rentabilidad inmobiliaria.