Argentina
Jueves, 18 abril 2024
JUSTICIA Y POLITICA
13 de febrero de 2020

El trasfondo de la causa que condenó a pagar $20 millones a la ciudad por las deudas en los Polideportivos

Negar todo, la increíble defensa planteada por Arroyo tras la herencia dejada por Pulti. Una deuda que creció sin explicaciones y el rol del Concejo Deliberante. Crónica de una sentencia anunciada.

El trasfondo de la causa que condenó a pagar $20 millones a la ciudad por las deudas en los Polideportivos - La Tecla Mar del Plata
El trasfondo de la causa que condenó a pagar $20 millones a la ciudad por las deudas en los Polideportivos - La Tecla Mar del Plata
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El trasfondo de la causa que condenó a pagar $20 millones a la ciudad por las deudas en los Polideportivos - La Tecla Mar del Plata
El trasfondo de la causa que condenó a pagar $20 millones a la ciudad por las deudas en los Polideportivos - La Tecla Mar del Plata

La confirmación de las irregularidades en los pagos de las obras de los Polideportivos durante el mandato de Gustavo Pulti y la desidia posterior de Carlos Arroyo, encontraron su más perfecta síntesis en el fallo de la justicia marplatense que se conoció en las últimas horas y que obliga a la Municipalidad a abonar una deuda por $20 millones a una de las constructoras.

La sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo N°1, a cargo de Simón Issach, fue firmada el 27 de diciembre aunque recién fue incorporada al sistema de la Suprema Corte bonaerense la semana pasada y salió a la luz en las últimas horas. Allí, el magistrado dio por acreditada una deuda de $20.431.100,37 por la construcción de cuatro natatorios en los Polideportivos y que el Estado Municipal reconoció en diciembre de 2015 con la firma de un convenio de pago con la firma Centro de Construcciones SA, presidida por Diego Buracco. Como indica la Ley Orgánica de las Municipalidad, el convenio fue avalado por el Concejo Deliberante, luego firmado por Pulti y finalmente, la ordenanza fuepromulgada por Arroyo.

El conflicto se originó cuando en noviembre de 2015 vencieron los plazos para el pago de ocho cheques que la ciudad había librado por un monto total de $10.835.593,34. Ante la imposibilidad de pago por no contar con esos fondos –como surge de la causa-, la Municipalidad negoció con la empresa un acuerdo para el pago en tres pagos de $6.810.366,83 a realizarse en enero, febrero y marzo de 2016.



Carátula de la denuncia judicial


Reclamos, abstenciones y votos en contra

Tal y como lo establece la LOM, dicho convenio debía ser aprobado por el Concejo Deliberante para tener validez, expediente que fue debatido y aprobado en un tenso debate ocurrido en sesión extraordinaria del 4 de diciembre, a menos de una semana del fin del mandato de Pulti.

Pese a los reclamos, la mayor parte del futuro oficialismo se abstuvo. José Cano tomó la voz de Agrupación Atlántica, donde aseguró que para recomponer la relación con los proveedores y no trabar el acuerdo, se abstendrían. El reparo surgió porque sorpresivamente la deuda reconocida por $10 millones se duplicaba en el acuerdo. “Están reemplazando una deuda de $10.835.000 por un compromiso de pago de $20.431.000. La gestión de Arroyo va a pagar las obras de Pulti”, se quejó. Pulti decía que nos la dejaba (a las obras) y yo le dije, que la dejaba pero dejaba la deuda, y esto es la prueba”.

Cristina Coria, en tanto, también replicó las críticas. “Todavía casi no han empezado a funcionar y ya estamos pensando cómo vamos a arreglar obras que parecieron más pensadas para una campaña, para mostrar gente trabajando, para mostrar movimiento, que no pensada para los años venideros”. Sin embargo, el bloque radical muestra diferencias de criterios a la hora de votar: mientras que Coria, Nicolás Maiorano y Eduardo Abud se abstuvieron, mientras que Vilma Baragiola y Mario Rodríguez fueron los únicos que votaron en contra.

Ningún concejal de Acción Marplatense defendió la iniciativa, algo que sí lo hizo el Frente Para la Victoria. “Una de las cosas que valoramos es la gestión de los centros polideportivos en los barrios de esta ciudad, me parece una de las creaciones más importantes en esta gestión en términos de inclusión. Así que atendiendo a lo que plantean concejales preopinantes, nosotros vamos a acompañar a este expediente”, manifestó Verónica Beresiarte. 

Tras el aval, finalmente Pulti firmó el convenio con la empresa el 9 de diciembre, en su último día como intendente de General Pueyrredón. La ordenanza, en tanto, fue promulgada por Arroyo días después, en uno de sus primeros actos administrativos.



 

Oídos sordos y el rol de Mourelle

Transcurrido el 2016 sin novedades de los pagos, el 12 de diciembre de ese año, Centro de Construcción envió una nota al intendente Arroyo, advirtiendo sobre la situación y alertando sobe el deterioro de las obras de los Polideportivos de Camet y Centenario, que se encontraban frenadas por la falta de pago.  Sin obtener respuestas, ya el 27 de mayo envían una carta documento, que tampoco generó rebote.

La última tratativa ante la esfera municipal fue el inicio de un reclamo administrativo, en enero de 2018, para conseguir el pago de la deuda. La medida fue denegada, por lo que finalmente en junio de 2018 la empresa se presentó ante la justicia marplatense.

“La orden la bajaba directamente Mourelle: esa deuda no había que pagarla porque era de Pulti. El problema era que no había ningún tipo de sustento legal y administrativo para no reconocerla, si hasta la deuda había sido reconocida por el Concejo Deliberante e incluso la promulgación de esa ordenanza fue firmada por Arroyo. Era imposible defender ese no pago”, manifestaron fuentes municipales a La Tecla Mar del Plata. También detallaron por qué el área Legal rechazó su participación en la pericia contable. “No había ninguna pericia que realizar, el propio Estado ya había firmado un compromiso de pago por $20 millones reconociendo esa deuda”, adujeron.

Pero lo más sorprendente de todo el episodio judicial fue la repuesta de la defensa, que tras girar al juez Issach el expediente de la obra negó la validez de toda la documentación obrante. La contestación a la demanda fue adjuntada en agosto de 2019 donde el abogado letrado de la Municipalidad dejó claro en reiteradas ocasiones que actuaba “por expresas instrucciones de mi representado”.

“Vengo por el presente a desconocer todos y cada uno de  los hechos articulados en la demanda”, planteó. El listado de las situaciones desconocidas por el Ejecutivo era más que amplio: “que la Administración Central haya suscripto cuatro contratos para la construcción de cuatro natatorios, centros deportivos y culturales”, “que adeudare suma alguna sobre el convenio de pago aprobado por la Ordenanza 16892 y Decreto 3596/15”, “que mi mandante adeudare la suma de $ 20431100,37”, “que no se abonare las sumas que se fueron generando posteriormente por las obras en marcha”, y hasta “que en los nombrados centros deportivos, natatorios y culturales existieren deterioros y actos de vandalismo”.

Esa misma posición fue ratificada en la audiencia de conciliación del 5 de septiembre de 2019, donde fue imposible el arribo a un acuerdo.




El propio Arroyo había reconocido la deuda


Fallo cantado

Finalmente, el 27 de diciembre del año pasado, el juez Issach dio a conocer su fallo, donde hizo especial hincapié en la postura del gobierno de Arroyo. “En definitiva, el nombrado -sin oponer formalmente una excepción concreta- como único argumento defensivo sostuvo que el municipio no habría celebrado los contratos que motivan este pleito, sugiriendo que, por tal motivo, aquel no resultaría legitimado pasivo del reclamo aquí formulado”, destacó.

“Los expedientes administrativos nº 2/3-2018 y 12397-7-2018, que el representante legal de la comuna ofreció como prueba de su parte y -posteriormente- agregó en autos mediante copia íntegra digitalizada (escrito electrónico del 15/08/2019), surge una realidad diferente a la que sostiene el apoderado municipal”, manifestó a continuación.

 “Lo expuesto me lleva a concluir que la posición adoptada en autos por la Municipalidad de General Pueyrredón al negar la existencia de la deuda que fue reconocida -por ella misma, valga la redundancia- administrativamente, implica una violación de la teoría de los actos propios, según la cual no es admisible que una de las partes de un juicio se coloque en contradicción con sus propios actos anteriores, deliberados, jurídicamente relevantes y plenamente eficaces, mucho menos cuando con ello ha generado una cierta expectativa en su contraria”, afirmó, para finalmente darle lugar a la demanda de la empresa, deuda que la ciudad deberá abonar en un plazo de 30 días una vez que el fallo quedé firme.

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