2 de julio de 2025
GENERAL PUEYRREDON
Fallo judicial limita el alcance de los operativos municipales sobre personas en situación de calle
La resolución del juez Juan Tapia establece lineamientos para el accionar del Cuerpo de Patrulla Municipal. En el centro del debate, la relación entre atribuciones municipales, derechos individuales y el abordaje estatal de la vulnerabilidad social.

Una reciente resolución del Juzgado de Garantías N°4 de Mar del Plata, a cargo del juez Juan Tapia, volvió a poner en discusión los alcances del poder municipal frente a problemáticas sociales complejas. El fallo, que hizo lugar de forma parcial a una acción de hábeas corpus presentada por la Comisión Provincial por la Memoria, establece límites específicos al accionar del Cuerpo de Patrulla Municipal en operativos vinculados a personas en situación de calle.
El juez ordenó al Ejecutivo local abstenerse de realizar procedimientos que puedan implicar violencia física, verbal o la sustracción de pertenencias. En su decisión, remarcó la necesidad de que cualquier intervención estatal respete la integridad y dignidad de las personas involucradas, sin desconocer las competencias municipales para ordenar el espacio público.
Desde el punto de vista institucional, la resolución se inscribe en un debate de fondo: cómo compatibilizar las tareas de control territorial con la protección de derechos fundamentales, especialmente cuando se trata de sectores sociales en condiciones de vulnerabilidad. El fallo también hace referencia a la diferenciación de roles dentro del propio Estado municipal, destacando el enfoque social de algunas áreas, como Desarrollo Social, frente a prácticas que, según los testimonios relevados en la causa, requerían revisión.
En términos políticos, la decisión judicial no plantea una impugnación directa al funcionamiento del Municipio, pero sí señala la necesidad de establecer criterios más claros y protocolos verificables en el abordaje de la situación de calle. La intervención del Poder Judicial actúa aquí como un factor de equilibrio, en un contexto en el que diferentes niveles del Estado interactúan sobre un problema estructural que excede las capacidades de respuesta inmediatas.
De fondo, se reabre una pregunta más amplia: cómo gestiona el Estado local los desafíos del espacio público en una ciudad con demandas sociales crecientes. Y qué lugar ocupan en esa gestión los principios de legalidad, coordinación interinstitucional y resguardo de derechos. En ese marco, el fallo de Tapia se convierte en un elemento más en el diálogo y la tensión entre políticas públicas, límites normativos y el rol de los poderes del Estado.