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1 de diciembre de 2025
BOLETÍN OFICIAL

El EMTURyC sostuvo la rigidez del pliego y consolidó el filtro de ofertas en Playa Redonda

El Ente Municipal de Turismo y Cultura ratificó la desestimación in limine de la oferta de Pasalto Materiales S.R.L. por considerar que la falta de certificación notarial de anexos es una "formalidad esencial" y no subsanable, dejando la puja por la UTF solo entre dos firmas.

El EMTURyC sostuvo la rigidez del pliego y consolidó el filtro de ofertas en Playa Redonda
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La contienda por la concesión de la Unidad Turística Fiscal (UTF) Playa Redonda sumó un nuevo y quizás definitivo capítulo administrativo, al confirmarse el rechazo de la oferta de la firma Pasalto Materiales S.R.L. El Ente Municipal de Turismo y Cultura (EMTURyC) publicó en el Boletín Oficial de este 1 de diciembre la resolución que desestima el recurso de revocatoria interpuesto por la empresa, ratificando la decisión inicial de desestimar su propuesta in limine por errores formales.

El proceso licitatorio, enmarcado en la acelerada política de concesiones costeras impulsada por la gestión del EMTURyC, se desarrolló con una rigidez administrativa que dejó fuera a la mitad de los oferentes. Como se recordará, en el acto de apertura de sobres realizado el pasado 17 de octubre, la Comisión de Recepción, Apertura y Evaluación de ofertas declaró inadmisibles las propuestas de Pasalto Materiales S.R.L. y de Consulper S.A.

La razón del rechazo fue contundente: la omisión de certificar ante Escribano Público los Anexos de la Oferta que componían el Sobre N° 1. Esta exigencia, establecida en el artículo 12, último párrafo, del Pliego de Bases y Condiciones (PBC), fue calificada por la Dirección Legal del Ente como una "formalidad esencial" destinada a garantizar la autenticidad de la documentación.

Pasalto Materiales S.R.L. había presentado un recurso de revocatoria solicitando la anulación de esta decisión y la consecuente admisión de su oferta, o en subsidio, que se le otorgara un plazo de tres días para subsanar la omisión o se le pidieran aclaraciones, tal como lo permiten otros artículos del PBC.

Sin embargo, la resolución publicada hoy deja en claro que la Administración se atuvo al criterio de que el PBC es la "ley del contrato" y su carácter es obligatorio y vinculante, tanto para los oferentes como para el propio Ente. En este sentido, la Dirección Legal sugirió rechazar el recurso, argumentando que la certificación notarial "no es subsanable posteriormente".

El presidente del EMTURyC, Bernardo Martín, ratificó lo resuelto por la Comisión de Evaluación, declarando formalmente agotada la vía administrativa para Pasalto Materiales S.R.L. De esta manera, solo quedan en carrera las dos firmas cuyas ofertas fueron admitidas inicialmente: Santiago de Compostela 1943 S.A. y ANJUFA S.A. Ambas compañías pujan con un idéntico canon de 60 millones de pesos, aunque con propuestas de inversión en infraestructura diferentes.

La desestimación final refuerza la puja política sobre el rol de los pliegos en la definición de las licitaciones costeras. Mientras el oficialismo defiende la legalidad y la necesidad de rigurosidad en los procedimientos, las voces críticas denuncian que las estrictas formalidades, como la certificación notarial, operan como un "filtro de contienda" que reduce la competencia y favorece a un grupo selecto de interesados. Con el recambio de autoridades municipales a la vuelta de la esquina, la expectativa se centra ahora en la evaluación técnica final de las dos ofertas restantes, que determinará el futuro de Playa Redonda por los próximos años.

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