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7 de mayo de 2026
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Tasa por Alumbrado Público: se reglamentó el nuevo sistema de cobro

El decreto firmado por Agustín Neme y Mauro Martinelli estableció que el tributo comenzará a cobrarse junto a las facturas eléctricas. También definió excepciones, mecanismos de actualización y el esquema de recaudación.

Tasa por Alumbrado Público: se reglamentó el nuevo sistema de cobro
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La separación del alumbrado público de la Tasa por Servicios Urbanos (TSU) ya quedó reglamentada en General Pueyrredon y el gobierno municipal terminó de delinear cómo será el nuevo esquema de cobro que comenzará a aplicarse de manera progresiva a través de las facturas de electricidad.

 
La medida fue oficializada mediante un decreto firmado por el intendente interino Agustín Neme y el secretario de Legal, Técnica y Hacienda, Mauro Martinelli, luego de la reforma tributaria local que eliminó el componente de alumbrado del esquema tradicional de la TSU y lo transformó en una tasa específica e independiente.La separación del alumbrado público de la Tasa por Servicios Urbanos (TSU) ya quedó reglamentada en General Pueyrredon y el gobierno municipal terminó de delinear cómo será el nuevo esquema de cobro que comenzará a aplicarse de manera progresiva a través de las facturas de electricidad.
 
 
En los considerandos del decreto, el Ejecutivo remarca que la modificación introducida por la Ordenanza Fiscal implicó la “supresión del componente Alumbrado Público” del hecho imponible de la TSU y su traslado a un nuevo gravamen autónomo. Además, se argumenta que el cambio obligaba a definir “aspectos operativos” vinculados con la liquidación, determinación y recaudación del tributo.
 
La reglamentación también deja asentado que el municipio ya formalizó convenios con las distribuidoras y cooperativas eléctricas que actuarán como agentes de percepción de la nueva tasa. Entre ellas figuran EDEA, la Cooperativa Eléctrica de Mar del Plata, la Cooperativa de Laguna de los Padres y la Cooperativa de Pueblo Camet.
 
A partir de este esquema, la Tasa por Alumbrado Público se cobrará de manera mensual y, en la mayoría de los casos, aparecerá identificada dentro de la factura de consumo eléctrico emitida por cada distribuidora. El decreto habilita al Ejecutivo a implementar el sistema mediante un ítem diferenciado incorporado en las boletas de luz.
 
Sin embargo, la reglamentación también establece excepciones. Seguirán abonando el alumbrado a través de la TSU los terrenos baldíos sin medidor eléctrico, los inmuebles alcanzados por las categorías TEIS, T2, T3 y T4, además de predios ubicados en zonas sin prestación regular del servicio o que no estén conectados a la red eléctrica.
 
En la práctica, esto implica que parte de los usuarios comerciales, industriales y de grandes consumos eléctricos continuarán recibiendo el cargo dentro de la boleta municipal y mantendrán el calendario habitual de vencimientos fijado para la TSU.
 
Otro de los puntos centrales del decreto firmado por Neme y Martinelli es el mecanismo de actualización de la tasa. El texto establece que los valores se ajustarán seis veces por año y quedarán atados a la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el Indec.
 
Las actualizaciones comenzarán a regir el 1° de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre, mediante distintos coeficientes calculados sobre variaciones acumuladas del IPC respecto de diciembre del año anterior. Los nuevos cuadros tarifarios deberán ser difundidos por la Agencia de Recaudación Municipal (ARM).
 
Además, el decreto incorpora precisiones sobre casos particulares. Por ejemplo, dispone que en inmuebles con varias unidades funcionales sin subdivisión provincial y sin medidor eléctrico, la tasa se calculará sumando el importe correspondiente a cada unidad existente dentro del predio.
 
 
La normativa también aclara que los inmuebles propiedad de la Municipalidad de General Pueyrredon quedarán exentos del pago de la Tasa por Alumbrado Público.
 
Por último, el Ejecutivo determinó que el monto correspondiente al período inicial de implementación será prorrateado entre julio y diciembre de 2026. De esta manera, las distribuidoras incorporarán en partes iguales el nuevo concepto dentro de las facturas emitidas durante el segundo semestre del año.
 

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