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Lunes, 20 julio 2026
Argentina
20 de julio de 2026
ADMINISTRACIÓN COSTERA

Las concesiones playeras y el dilema del espacio público marplatense

Un exhaustivo análisis sobre la situación administrativa de las Unidades Turísticas Fiscales de General Pueyrredon expone el entramado de vencimientos, prórrogas y el inminente horizonte de licitaciones estratégicas en el litoral marítimo.

Las concesiones playeras y el dilema del espacio público marplatense
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El desarrollo territorial y económico de la costa de Mar del Plata se encuentra completamente ligado a la gestión de sus Unidades Turísticas Fiscales (UTF), una estructura de cincuenta y una áreas distribuidas a lo largo de cuarenta y siete kilómetros de litoral marítimo que administra el Ente Municipal de Turismo y Cultura (EMTURyC). En el centro de la escena política y comercial de este invierno de 2026, el esquema de explotación privada y preservación del espacio público enfrenta un periodo de reconfiguraciones normativas determinantes. El hito más inmediato de este proceso se localiza en el sector norte, donde la unidad denominada Playa Acevedo —reconocida históricamente bajo el nombre de fantasía Costa del Sol, ubicada en Félix Camet entre Lijo López y Aguirre— se encamina hacia una compulsa clave. Actualmente en condición de depositario bajo la responsabilidad de Gustavo Javier Di Nezza y regida por la Ordenanza 17953 con cien unidades de sombra autorizadas, esta playa será objeto de una licitación pública cuya apertura de sobres se concretará el próximo martes 11 de agosto de 2026 a las diez de la mañana en el Museo de Ciencias Naturales “Lorenzo Scaglia”, fijando un canon oficial de cuarenta y cinco millones de pesos y una estricta garantía de oferta equivalente al cien por ciento de dicho valor.

Este movimiento licitatorio sirve como ventana para observar el resto del mapa costero norteño, una franja donde conviven realidades contractuales diversas. En el mismo entorno, Di Nezza también administra la unidad Playa Estrada, situada en Félix Camet entre Aguirre y Anchorena, mediante un contrato vigente hasta el 23 de junio de 2035 que estipula su funcionamiento como playa pública equipada con cincuenta unidades de sombra bajo la Ordenanza 26049. Hacia los extremos del sector, la diversificación empresarial se hace evidente con la presencia de la Agencia La Toca S.A., firma que retiene las concesiones de Playa del Museo —entre Florisbelo Acosta y Avenida Constitución, con contrato hasta el 31 de marzo de 2035 y cincuenta sombras reguladas por la Ordenanza 26053— y de Playa Constitución —entre la avenida homónima y Lijo López, con vigencia hasta el 31 de marzo de 2036 y cincuenta unidades de sombra según la Ordenanza 26048—. Por su parte, la empresa Star Beach S.A. explota Beltrán Norte, emplazada entre Anchorena y la proyección de la calle 143, con un vínculo que expira el 31 de marzo de 2036 y un límite de cincuenta sombras. Esta densa ocupación comercial contrasta de manera directa con las parcelas de Beltrán Sur, ubicada entre Anchorena y Arturo Condarco, y de Playa Las Delicias, situada sobre la Ruta Provincial 11 entre las proyecciones de las calles Pedro Groeber y Santa Margarita, debido a que ambas unidades permanecen formalmente libres de ocupantes y asoman como futuros activos de debate en el Concejo Deliberante. Completan la geografía del norte las unidades explotadas por Pridemax S.A.: Playa Rejón-Strobel, operada bajo el nombre de Bahía Bonita en Félix Camet entre Río Negro y Cardiel con contrato hasta el 30 de abril de 2029, la Ordenanza 14296 y cuatrocientas cuarenta sombras; y Playa Cardiel, bajo la denominación de Puerto Cardiel entre las calles Cardiel y Florisbelo Acosta, sostenida mediante un permiso precario hasta la adjudicación definitiva con trescientas sombras amparadas en la Ordenanza 12097. Esta última se encuentra en condiciones para que el EMTURyC realice el llamado a Licitación Pública.

Inmediatamente al sur, el tradicional frente de La Perla y Perla Norte exhibe una homogeneidad jurídica extendida en el tiempo, consolidando un esquema de balnearios de alta densidad de sombra bajo normativas específicas. En Perla Norte, el concesionario Fernando Riccillo opera la unidad homónima entre Brandsen y Río Negro, respaldado por la Ordenanza 18247 con un contrato vigente hasta el 5 de abril de 2029 y cuatrocientas sombras autorizadas. Los cinco balnearios tradicionales de La Perla, en tanto, muestran horizontes contractuales de largo plazo. El Balneario 1, denominado Alfonsina y ubicado en Boulevard Marítimo y Balcarce, está concesionado a Juan Salvi y Hno S.R.L. bajo la Ordenanza 22347; el Balneario 2, denominado Saint Michel y situado entre Balcarce y Avenida Libertad, es explotado por Bunker S.R.L. bajo la Ordenanza 22348; y el Balneario 3, denominado San Sebastián y emplazado en Boulevard Marítimo y Avenida Libertad, se encuentra en manos de Zeo S.R.L bajo la Ordenanza 22349. Estas tres unidades comparten un vencimiento contractual unificado para el 26 de mayo de 2046 y un tope de cuatrocientas ochenta unidades de sombra cada una. El bloque se completa con el Balneario 4, conocido como Alicante en Boulevard Marítimo y Chacabuco, cuya concesión pertenece a Salimar S.A. bajo la Ordenanza 22350 con trescientas cincuenta sombras y la misma fecha de finalización en 2046, y el Balneario 5, denominado Terrazas en Boulevard Marítimo y Ayacucho, operado por Playa Soleada La Perla S.A. bajo la Ordenanza 22351, cuyo contrato expira el 8 de noviembre de 2041 con trescientas sombras permitidas.

El área central de la ciudad presenta particularidades regulatorias críticas que demandan atención administrativa inmediata. El Balneario Punta Iglesia, ubicado en Boulevard Marítimo entre Av. Luro y Diagonal Alberdi, ha entrado en un terreno de definición política sustancial debido a que el contrato de explotación de Balena Argentina S.A., que habilitaba doscientas sombras bajo la Ordenanza 18823, alcanzó su fecha límite de vigencia el pasado 30 de abril de 2026 y el EMTURyC rechazó su pedido de prórroga. En la parcela contigua, la unidad Ex Piletas Punta Iglesia permanece bajo la figura de depositario a cargo del Club de Jubilados de Punta Iglesia, destinada exclusivamente a un salón de usos múltiples sin explotación de unidades de sombra. En el epicentro turístico marplatense, la unidad Playa Bristol Popular es administrada bajo la condición de depositario por Ítalo Ravasio para brindar servicios de playa pública equipada en Boulevard Marítimo y Avenida Luro. Unos metros hacia el sur, la fisonomía costera se transforma en el Paseo Las Toscas/Hermitage, unidad delimitada entre las arterias Güemes y Las Heras cuya concesión se encuentra otorgada a Hermitage S.A. bajo la Ordenanza 12480; este vínculo, con vigencia establecida hasta el 21 de septiembre de 2029, faculta la explotación de un balneario y una playa pública equipada con una capacidad de hasta mil quinientas unidades de sombra.

La transición hacia los sectores de Playa Chica, Varese y el Torreón del Monje devela realidades dispares en materia de estabilidad jurídica. La UTF Playa Chica, en Boulevard Marítimo y Alberti, se sitúa en un escenario de vulnerabilidad administrativa tras el vencimiento de su permiso precario otorgado a la Asociación Pro Ayuda al Niño Desamparado (APAND), el cual caducó formalmente el 30 de abril de 2026. En contraste, la firma Salimar S.A. comanda la unidad de Playa Varese y Cabo Corrientes, ubicada entre Falucho y Paunero, con un contrato vigente hasta el 28 de septiembre de 2030 respaldado por las Ordenanzas 15706 y 15707 que habilita un balneario y bajada náutica con cuatrocientas ochenta sombras. Asimismo, el emblemático Torreón del Monje, situado entre Mendoza y Güemes, se rige por un esquema de larguísimo plazo a favor de Paratorre S.A. bajo la Ordenanza 22352, extendiendo su vigencia hasta el 16 de junio de 2046 para el desarrollo de actividades gastronómicas, balneario y salón de fiestas con doscientas sesenta unidades de sombra autorizadas.

Por su parte, el complejo de Playa Grande representa el bloque concesivo más uniforme y de mayor peso comercial, estructurado integralmente bajo los parámetros de la Ordenanza 19910 en el Paseo Victoria Ocampo. Exceptuando las unidades estrictamente comerciales o de servicios, la totalidad de los balnearios de este sector posee una autorización fija de doscientas unidades de sombra. Las firmas y vencimientos configuran un esquema corporativo entrelazado: la unidad Escollera Norte, explotada bajo la denominación comercial Quba por Purasal S.R.L, se orienta a la gastronomía y balneario sin unidades de sombra con un contrato válido hasta el 28 de septiembre de 2031. El Yacht Club Mar del Plata y el Ocean Club custodian los balnearios homónimos (Balneario 0 y Balneario 1) con contratos que expiran el 31 de octubre de 2031 y el 23 de enero de 2032, respectivamente. El Balneario 2 está asignado al Mar del Plata Golf Club hasta el 12 de octubre de 2031, mientras que el Balneario 3 es operado por Playas del Sol S.A. hasta el 21 de septiembre de 2031. El Balneario 4 A, denominado La Reina, se encuentra en manos de Río Celeste S.A. con vigencia hasta el 30 de abril de 2032. En tanto, la firma Red Hotelera Iberoamericana ejerce el control del Balneario 4 B, comercializado como Costa Galana, y de la unidad Pileta Solarium; ambas concesiones concluyen el 3 de mayo de 2033, concentrando las doscientas sombras en la playa y destinando la pileta a actividades de complejo recreativo. La empresa Arena Grande S.A. unifica la explotación de dos unidades contiguas: el Balneario 5, Príncipe, con contrato hasta el 27 de septiembre de 2031, y el Balneario 6, Portofino, cuyo lazo se extiende hasta el 12 de junio de 2032. El Balneario 7, Prius, pertenece a Marplateado S.A. hasta el 23 de septiembre de 2031, seguido por el Balneario 8, operado como Biología Surf por Biología Surf Club S.A. con contrato hasta el 10 de noviembre de 2031 enfocado en gastronomía y escuela de surf sin asignación de sombras estacionales. El sector concluye sus parcelas de la Ordenanza 19910 con la unidad de Estacionamiento en manos de Playa Azul S.A. hasta el 13 de abril de 2032, destinada a aparcamiento y lavadero de autos; el Local 5, explotado como Nerea por Shaw and Beach S.A. hasta el 28 de septiembre de 2032 para fines gastronómicos; y el Edificio Normandie, administrado como Complejo Normandie por La Normandina S.A. con un vencimiento fijado para el 30 de septiembre de 2029 como centro gastronómico y recreativo.

Finalmente, el extremo sur del partido, comprendido entre Punta Cantera, el Faro y las playas colindantes a la Ruta 11, expone un mosaico de actividades que trascienden el típico servicio de balneario, incorporando parcelas recreativas, hotelería y campamentismo. En la zona de Punta Cantera, sobre la Av. de los Trabajadores, conviven diversos esquemas de tenencia. La unidad Punta Cantera I se mantiene bajo la figura de depositario otorgada a UTHGRA, prestando servicios de balneario con cincuenta sombras autorizadas. Punta Cantera II se encuentra concesionada a Eve Inversiones y Proyectos S.A. bajo la Ordenanza 21472, con un contrato vigente hasta el 28 de septiembre de 2031 destinado a un complejo recreativo sin unidades de sombra. La icónica unidad Punta Cantera IV-V, conocida como Waikiki, es operada por Mirador 9 S.A. bajo la Ordenanza 21473 con vencimiento el 4 de julio de 2032, fusionando balneario, salón de fiestas y gastronomía con cincuenta sombras. En el área lindera al Faro, la unidad Faro Norte, bajo el nombre de fantasía Playa Mariano en el número 4550 de la Av. de los Trabajadores, se rige por la Ordenanza 18800 a cargo de Faro María S.A., manteniendo un contrato vigente que se extenderá formalmente hasta que se produzca la nueva adjudicación de la unidad, con un límite de ciento setenta y cinco sombras. Esta última se encuentra en condiciones para que el EMTURyC realice el llamado a Licitación Pública.

El recorrido por el Paseo Costanero Sur se adentra en las concesiones de mayor superficie e infraestructura hotelera y de esparcimiento. La unidad Siempre Verde, explotada por Residencias Cooperativas de Turismo y asociada comercialmente al Parador Arameo en el kilómetro 13.3, cuenta con un contrato vigente hasta el 20 de abril de 2031 bajo la Ordenanza 16713 que autoriza trescientas cincuenta unidades de sombra. En el kilómetro 12.8, la unidad Playa Bonita, conocida bajo el nombre de Luna Roja, se encuentra bajo la gestión de E.J.C. S.A. mediante la Ordenanza 15690, con un vínculo que expira el 25 de enero de 2030 y faculta servicios de balneario, alojamiento y gastronomía con setenta sombras. La unidad Arroyo Lobería, explotada como Manantiales Club de Mar en el kilómetro 12.3, se encuentra ligada a la firma Rivan S.A. hasta el 29 de julio de 2031 por la Ordenanza 21524, integrando balneario, alojamiento y spa con doscientas sombras autorizadas. En materia de servicios comunitarios y recreación, la unidad del Camping Municipal era administrada bajo la figura de depositario por la Asociación Scouts de Argentina en virtud de la Ordenanza 25196, orientada estrictamente al campamentismo. No obstante, a falta de confirmación oficial, Bien Producido S.A. sería la próxima concesionaria, tras la apertura de sobres del pasado 2 de junio de 2026.

El mapa concluye en los sectores más alejados con Playa Redonda, operada bajo el nombre de La Redonda en el kilómetro 14.7 por Santiago de Compostela 1943 S.A.. En tanto, las unidades Arroyo Seco II y Playa Dorada se rigen por la Ordenanza 21471: la primera, explotada bajo la denominación de Cruz del Sur en el kilómetro 14.4, posee un contrato a nombre de Mariano Giaccaglia con vigencia hasta el 5 de mayo de 2031 y ciento veinte unidades de sombra, mientras que Playa Dorada, en el kilómetro 13.9, se encuentra concesionada a Desarrolladora Homs S.A. con un plazo contractual que se extiende hasta el 31 de marzo de 2046 y cuarenta y cinco unidades de sombra. Finalmente, el extremo austral cierra con Santa Isabel en el kilómetro 16.5, otorgada en carácter de depositario a Exos S.A., y Playa Escondida en el kilómetro 22.6, bajo igual condición de depositario en manos de la Asociación Naturista del Sur, compartiendo ambas parcelas un horizonte contractual vigente hasta el 31 de marzo de 2046 para la explotación de playas naturistas, dejando como único espacio remanente y desocupado la unidad de El Marquesado en el kilómetro 23.6 de la ruta costera.

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