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Lunes, 7 septiembre 2026
Argentina
7 de septiembre de 2026
DEBATE TRIBUTARIO

Un nuevo respaldo judicial fortalece la Tasa Vial en General Pueyrredon

El Juzgado Contencioso Administrativo rechazó la demanda presentaba por la cámara del transporte de cargas. Pese a mantener sus objeciones de origen, el juez Isacch se alineó con la doctrina fijada por la Cámara de Apelaciones. El trasfondo de un tributo atado a la inflación, los reclamos opositores y el fallo pendiente en la Suprema Corte provincial.

Un nuevo respaldo judicial fortalece la Tasa Vial en General Pueyrredon
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La Tasa de Mantenimiento de la Red Vial Urbana Municipal volvió a quedar en el centro de una disputa jurídica y política en General Pueyrredon. A través de un fallo, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°1 rechazó la demanda promovida por la Cámara Empresaria del Transporte Automotor de Cargas (CETAC) de Mar del Plata, que buscaba la inconstitucionalidad del tributo aplicado sobre la carga de combustibles. La resolución cobró un peso institucional particular no solo por abarcar a la totalidad de los transportistas agrupados en la entidad patronal, sino porque el propio magistrado Simón Isacch debió adecuar su pronunciamiento al criterio fijado por la Cámara de Apelación, dejando a salvo sus propias convicciones pero despejando, en los hechos, el principal obstáculo legal que amenazaba la continuidad de la recaudación comunal.

El origen de la controversia se remonta a febrero de 2024, cuando la administración encabezada por Guillermo Montenegro —actualmente de licencia y ocupando una banca en el Senado de la provincia— puso en marcha el cobro de un recargo porcentual sobre cada ticket de nafta o gasoil expendido en el distrito, argumentando la necesidad de desglosar el componente de conservación de calles de la tradicional Tasa de Servicios Urbanos (TSU) para constituir un fondo afectado de mantenimiento vial. La iniciativa enfrentó desde su génesis una tenaz resistencia en diversos sectores. A las objeciones del transporte de cargas, que denunció una desventaja competitiva y la imposición de un gravamen a unidades que transitan rutas sin utilizar la trama urbana local, se sumaron presentaciones judiciales de la oposición política.

En agosto de aquel primer año, el fuero de primera instancia le asestó un duro golpe al Palacio Municipal al declarar la inconstitucionalidad de la tasa a partir de un planteo del legislador provincial Guillermo Castello. En aquel momento, la Justicia entendió que existía una doble imposición prohibida por la Ley de Coparticipación Federal y que el Ejecutivo no lograba acreditar una prestación individualizada del servicio a cada contribuyente. No obstante, la estrategia judicial de la comuna logró dar vuelta el escenario hacia fines de 2024, cuando la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo revocó ese fallo. El tribunal de alzada dictaminó que la conservación de la red de calles representa un servicio destinado a la comunidad en general y que basta con que la prestación esté organizada y disponible a través de áreas como el Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público para validar el esquema.

Ese giro jurisprudencial fue la pieza angular que terminó desactivando la demanda de los transportistas. En su reciente fallo, el juez Isacch remarcó que, por estricta economía procesal y para evitar sentencias destinadas a ser revocadas en la instancia superior, correspondía adoptar la doctrina de la Cámara, determinando que la adquisición de combustible dentro del territorio municipal basta para configurar la obligación tributaria, con independencia de la residencia o del uso puntual de las calles que haga el usuario.

El dictamen judicial le brinda respiro político a la gestión municipal en un escenario atravesado por discusiones sobre la presión fiscal y el costo de vida. La tasa, cuyo mecanismo ató la recaudación de forma automática a las constantes subas en los surtidores, funcionó como un motor previsible para los ingresos de la comuna en contextos inflacionarios, superando holgadamente los miles de millones de pesos destinados a licitaciones de bacheo y repavimentación. Sin embargo, ese mismo dinamismo exacerbó los cuestionamientos de las bancadas opositoras en el Concejo Deliberante, que durante este tiempo insistieron sin éxito con proyectos para su derogación, apuntando al impacto directo sobre el bolsillo del contribuyente y señalando asimetrías con otros distritos de la región que optaron por eliminar gravámenes similares.

La controversia local tampoco estuvo aislada del tablero nacional. La proliferación de tributos a los combustibles en decenas de municipios bonaerenses motivó duros posicionamientos de la Casa Rosada y la publicación de registros oficiales destinados a exponer la carga fiscal en las distintas comunas, en un intento por desincentivar estas prácticas tributarias que provocó intensos cruces entre los ejecutivos comunales y la administración central.

Aunque la ratificación de la validez de la tasa fortalece la posición del Municipio y despeja el horizonte de su ingeniería de recursos a corto plazo, el pleito aún no ha alcanzado un punto final absoluto. El expediente originario iniciado por la representación legislativa libertaria continúa tramitándose ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires mediante un recurso extraordinario. Con las actuaciones ya en estado de dictar sentencia, la palabra definitiva del máximo tribunal bonaerense será la que determine si el esquema de financiamiento vial marplatense queda firme de manera permanente o si deberá someterse a una nueva reestructuración.

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