La Tecla Mar del Plata
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La Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Mar del Plata confirmó la resolución del juez de Garantías N° 4, Juan Tapia, y rechazó la apelación presentada por el municipio. Con este fallo, los procedimientos desplegados por la Patrulla Municipal, creada en 2020 y respaldada por ordenanza local, quedaron declarados ilegales en los casos que afecten a personas en situación de calle y deberán suspenderse de inmediato.
El tribunal sostuvo que lo dispuesto en primera instancia no obstruye las funciones de control de la patrulla, pero remarcó que esas acciones deben desarrollarse dentro del marco constitucional y sin prácticas de violencia ni sustracción de pertenencias. En su resolución, los jueces indicaron que las autoridades municipales deben abstenerse de realizar operativos que impliquen hostigamiento verbal o físico, así como la retención de documentos u objetos personales.
El caso llegó a la Justicia tras un recurso de habeas corpus presentado por la Comisión por la Memoria, que denunció episodios de hostigamiento a personas sin domicilio fijo y cuidacoches. En julio, Tapia había ordenado al Ejecutivo local frenar los procedimientos cuestionados, decisión que ahora fue ratificada por la Cámara.
De esta forma, la sentencia consolida un criterio judicial sobre los alcances de la Patrulla Municipal: podrá actuar en tareas de control, pero sin vulnerar derechos fundamentales de sectores considerados vulnerables.