El gobierno de la provincia de Buenos Aires emitió una serie de condiciones y recomendaciones para el desarrollo de la actividad turística y afines, que a partir del próximo 1 de diciembre quedará habilitada en todo el territorio bonaerense y hasta el 4 de abril. A través de la Resolución Conjunta N°110/2020 firmada por el jefe de Gabinete, Carlos Bianco, y el ministro de Producción, Augusto Costa, se estableció que los intendentes deberán firmar una autorización de la habilitación del turismo que deberá ser presentada a la Provincia. De no cumplir con el trámite, el turismo no podrá realizarse en esos municipios, que además deberán estar en fase de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, una situación que actualmente no revisten tres distritos, entre ellos Tandil, el principal destino turístico por fuera de la Costa Atlántica. En tanto, para tener vigencia, el Certifico Único Habilitante para Circulación – Emergencia Covid 2019 deberá ser validado por el Municipio de destino. Los turistas deberán solicitarlo con una antelación “no menor a cinco días corridos” en el sitio web https://www.argentina.gob.ar/circular, “no permitiéndose la superposición de tramitaciones por persona para fechas coincidentes”. Esto último viene a reforzar la prohibición de desplazarse de un municipio de destino a otro. En tanto, para viajes familiares, se tramitará un único certificado con los datos de todos los integrantes. En cuanto al proceso de validación municipal, cada distrito tendrá un plazo de 48 horas para realizar dicha certificación. Además, cada gobierno deberá designar agentes habilitados para realizar la validación, los cuales deberán suscribir una Declaración Jurada de Confidencialidad Por último, en la Resolución Conjunta 110/2020 se aprobó la Guía de Recomendaciones y Buenas Prácticas Turísticas, donde la Provincia de Buenos Aires emitió recomendaciones tanto para la población en general, para los municipios y para el sector privado. Entre los más salientes, se destaca la recomendación a los gobiernos municipales de “no exigir estudios por laboratorio (testeos) de personas sin síntomas dela enfermedad para permitir el traslado o ingreso” ya que puede existir un “resultado no concluyente”. Ninguna referencia se realizó a la incapacidad operativa de llevar adelante testeos masivos. En tanto, también se pide prever la existencia de centros de aislamiento extra hospitalarios y la realización de fiscalización de protocolos en espacios abiertos y cerrados. |