El gobierno de Guillermo Montenegro recibió un fallo favorable en Primera Instancia en el marco de las múltiples demandas por el pago retroactivo de las bonificaciones docentes recortadas durante el gobierno de Carlos Arroyo, luego de una reciente sentencia de la Cámara de Apelaciones que cambió el escenario judicial. Ayer, el juez Simón Issach, del Juzgado Contencioso Administrativo N°1, rechazó la demanda interpuesta por los docentes Angela Aballay y María Isabel Pugliese, en una de las tantas causas iniciadas por los empleados municipales que reclaman por el pago de las bonificaciones recortadas entre octubre de 2018 y diciembre de 2019, cuando el cálculo fue modificado por el exintendente Arroyo y que el actual gobierno resiste en reconocer como legítimo, más allá de haber restaurado la formula en enero de 2020. Entre los principales argumentos, el magistrado considero que el Ejecutivo estaba dotado de competencia para modificar por decreto la relación de empleo y que no se afectaron derechos adquiridos. Respecto al primer aspecto, “el decreto impugnado configuró un acto de alcance general dictado por el Departamento Ejecutivo en ejercicio de facultades reglamentarias de ejecución, destinado a todos los docentes municipales que prestaban funciones en la Administración Central y los entes descentralizados, fundado en la necesidad de fijar el modo en que debía aplicarse la bonificación especial contenida en la ordenanza que le dio origen, sin alterar su espíritu” “Por lo expuesto, más allá de la valoración respecto a la oportunidad, mérito y conveniencia que dicha decisión pudiera merecer, lo concreto es que no puede sostenerse que el Sr. Intendente Municipal carecía de competencia para decidir que la bonificación especial docente debía calcularse tomando como referencia el módulo de 24 hs. semanales del nivel 12 del Escalafón Municipal”, agregó Issach. Los reclamos de la comunidad docente marcaron el 2019 “Estimo que resulta atendible que la administración demandada pretendiera ajustar la manera de calcular la bonificación, erróneamente adoptada hasta esa fecha en base a una carga horaria que no era la efectivamente laborada por los docentes alcanzados por la misma, con el objetivo de corregir el impacto que ello representaba en la disponibilidad presupuestaria del municipio”, agregó. En esa línea, concluyó que “en el contexto descripto, resulta difícil admitir la existencia del derecho adquirido que alegan las accionantes…es que la liquidación del sueldo realizada en exceso por la Administración, no crea un derecho en favor del beneficiario, aunque éste ignorare los motivos de tal falencia”.
Cambio de postura y camino allanado para el gobierno Si bien solo aplica para la causa en curso, la decisión de Issach confirma un escenario positivo para el Ejecutivo municipal en vistas a la resolución de otras decenas de causas similares, tanto tramitadas en el Juzgado Contencioso N° 1 como en el N°2, a cargo de Marcelo Fernández. El pasado 31 de marzo, Isacch había fallado de modo contrario reconociendo el derecho del docente Alejandro Magrini a la percepción de la bonificación especial docente prevista en el Artículo 82 de la Ordenanza 20.760, en base a la diferencia entre el sueldo y bonificaciones asignadas por la Provincia de Buenos Aires para el cargo de maestro de grado y el del nivel 12 del escalafón municipal con una carga horaria de 35 horas semanales, por el periodo comprendido entre octubre de 2018 y diciembre de 2019, cuando estuvo vigente la suspensión del beneficio, restituido en enero de 2020 por Montenegro. |