La Tecla Mar del Plata
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El control del jurado de un concurso clave en la planta municipal se transformó en un escenario de disputa entre el Sindicato de Trabajadores Municipales (STM) y el gobierno de Guillermo Montenegro. La tensión se da en el marco del concurso convocado para ocupar el cargo de Director de Personal, donde el sindicato busca desplazar a un jurado por ser funcionario político, algo que ya fue rechazado por el intendente.
La trama tiene su inició el 27 de diciembre de 2021, cuando a través del Decreto 2292/21 Montenegro llamó a concurso para cubrir el cargo que depende de la Dirección General de Personal de la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa de la Secretaría de Gobierno; luego que en 2020 se jubilará la anterior directora, Silvia Ferri.
A través de dicha normativa, el intendente también determinó la conformación del jurado, integrado por tres titulares y tres suplentes. Una vez conocido el decreto, el STM puso su mirada sobre uno de los suplentes, el secretario Legal y Técnico, Mauro Martinelli, de estrecho vínculo con el secretario de Gobierno, Santiago Bonifatti.
La sospecha en el espacio sindical encabezado por su secretario general Antonio Gilardi es que sobre la marcha uno de los titulares (todos ellos directores) se bajará para dar paso a Martinelli, influenciado de ese modo el resultado en función de los intereses del Ejecutivo. La intención no revelada del STM, en tanto, sería mantener ellos mismos el control del jurado a través de los funcionarios de carrera designados., más allá del verdor que le corresponde según lo dispuesto en el Reglamento General de Concursos.
Ante ese escenario, en enero el sindicato interpuso un recurso de revocatoria impugnando la designación de Martinelli, el cual no podría ocupar dicha jurado por ser funcionario político. Sin embargo, esta semana, por medio del Decreto 260/22, Montenegro rechazó dicha pretensión. La pregunta que comienza a instalarse es si una vez agotada la vía administrativa, el STM irá más allá apelando a la vía judicial.
De acuerdo a lo dispuesto en el Decreto N°1843/17 que modificó el Régimen General de Concursos, los miembros de un jurado son propuestos por la dependencia que solicita la realización del concurso. Como mínimo, un integrante deberá pertenecer a la dependencia y/o secretaría a la cual pertenezca el cargo.
Lo más importante respecto a la polémica desatada es que “podrán ser miembros del jurado aquellos agentes municipales que revisten en una categoría superior o igual a la del cargo a concursar, pertenezcan a la planta permanente de la Municipalidad, y acrediten conocimientos y/o experiencia en la especialidad del cago a cubrir”.
En función de lo normado, el STM sostiene que los jurados deben cumplir las tres condiciones y que, como es de público conocimiento, los funcionarios políticos no pertenecen a la planta permanente.