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Jueves, 18 abril 2024
ECONOMÍA
2 de noviembre de 2022

Comienza el debate por el nuevo régimen de habilitaciones

La comisión de Industria tratará esta tarde el proyecto del Ejecutivo, que contempla que el trámite sea gratuito para "fomentar el desarrollo de actividades económicas".

Comienza el debate por el nuevo régimen de habilitaciones - La Tecla Mar del Plata

La comisión de Industria comenzará a debatir este miércoles el nuevo régimen de habilitaciones que impulsa el gobierno con el objetivo de darle mayor celeridad a la apertura de comercios en la ciudad.

La iniciativa tiene propone “regular el régimen general que se debe aplicar en las autorizaciones y fomentar el desarrollo de las actividades económicas que conlleva  la generación de empleo”. Es por ello que el trámite será online y gratuito: se propone la exención de pleno derecho del pago de la Tasa por habilitaciones de oficinas, locales de prestaciones de servicios, depósitos, comercios e industrias.

Otro eje de la iniciativa es que el solicitante podrá pedir asesoramiento previo. De esta manera, el emprendedor o comerciante podrá saber cuáles son los trabajos que debería realizar para obtener la habilitación y evaluar sus costos.

Asimismo, se contemplan tres tipos de procedimientos, conforme la complejidad del rubro: riesgo bajo, intermedio o alto. En el primer caso, las habilitaciones se podrán obtener en el día, para lo cual deberán ser establecimientos menores a 500 metros cuadrados, con rubros no peligrosos ni condicionados por normativa específica o el Código de Ordenamiento Territorial (COT).

Sobre este apartado, Montenegro señaló que, para obtener la autorización en el día, se deberá hacer un trámite online con la presentación de una declaración jurada. Acto seguido, el municipio otorgará el permiso al instante, a partir de un código QR que deberá estar a la vista en el local. Habrá un periodo de 60 días en el que se deberá realizar la inspección correspondiente para constatar los datos que se volcaron en la declaración jurada.

“Esto no quiere decir que va a ser un viva la pepa. Si al momento de la inspección no se cumple lo que dijo en la declaración jurada, se va a llevar adelante la clausura y va a haber sanciones muy duras", remarcó el jefe comunal.

En el segundo grupo se trataría de habilitaciones en el día con informes técnicos. Contempla rubros que por su actividad “impliquen algún grado de peligro y se requiere intervención profesional, condicionado por la superficie”. 

Mientras que en los casos de riesgo alto se brindarán habilitaciones diferidas. Aquí se ubican aquellas actividades que “pudieran generar daños significativos sobre los bienes, el ambiente, los trabajadores y/o la comunidad”.

Por otro lado, el Ejecutivo podrá otorgar “habilitaciones provisorias”, que buscan regular la posibilidad de dar permisos por el plazo de dos años cuando no esté conformado el consorcio de propiedad horizontal, o que se demostrara fehacientemente que no tienen normal desenvolvimiento ni administradores

También estarían incluidos en este apartado los establecimientos que estuvieran ubicados en terrenos con construcciones sin planos de obra aprobados y se acredite posesión pacifica del inmueble o tenencia legalmente obtenida.

En tanto, el proyecto de ordenanza contiene un artículo específico para las industrias,tal como se sancionó en la Ordenanza 24.821, cuando se trate de actividades encuadradas en la Ley Provincial 11.459, la autoridad de aplicación (Inspección General) podrá otorgar habilitaciones provisorias por un período de hasta un año cuando se cumplan con ciertos requisitos esenciales.

 Entre ellos, el uso de suelo permitido, la presentación de una declaración jurada ambiental que incluya la designación de un profesional habilitado, inspección previa y el certificado de Radicación Ambiental rubricado por la Dirección de Gestión Ambiental. 

Por último, se faculta al Ejecutivo, “en los casos de recursos administrativos debidamente fundados”, a otorgar flexibilizaciones a las normas de uso de suelo prescriptas por el COT en inmuebles cuya superficie cubierta afectada a la actividad no supere los 300 m2 y “sólo para ciertas actividades”.

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