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Martes, 14 julio 2026
Argentina
3 de enero de 2019

Se comienza a definir en Mar del Plata el desdoblamiento de las elecciones bonaerenses

Desde las 12.30 se junta la Comisión Bicameral que analizará el desboblamiento de la elección provincial y de las municipales. También se pondrán otros proyectos sobre la mesa para modificar el régimen electoral. En detalle, todos los proyectos que presentarán los diputados y senadores.

Se comienza a definir en Mar del Plata el desdoblamiento de las elecciones bonaerenses
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El posible adelantamiento y desdoblamiento de las elecciones bonaerenses comenzará a ser definido hoy en Mar del Plata, cuando desde las 12.30 se reúna la Comisión Especial Bicameral para el Estudio de Factibilidad de los Proyectos de Modificación del Régimen Electoral de la Provincia de Buenos Aires, que analizará el desdoblamiento de las elecciones tanto de la elección bonaerense como la de los municipios.

Sus 18 integrantes se juntarán en el Centro Cultural Villa Victoria Ocampo, en esta comisión que surgió en medio de las negociaciones por el Presupuesto 2019, ante un pedido del Frente Renovador.

Tras la conformación surgieron dudas sobre la constitucionalidad de desdoblar las elecciones. La discusión giró en torno en los artículos 190 y 135 de la Constitución Provincial.

El primero señala que las elecciones municipales se desarrollan “en el mismo acto que se elijan los senadores y diputados”; mientras que el segundo indica que los comicios de legisladores serán “conjuntamente” con los de gobernador y vicegobernador.

La Tecla habló con el decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP), Miguel Berri, y el especialista opinó que para separar los comicios municipales de los provinciales es necesario reformar la Constitución o declarar inconstitucional el artículo 190.

“La Constitución nacional dice, en el artículo 123, que el alcance de la autonomía política, financiera y administrativa lo van decidir las provincias. Y la Provincia lo define en su Constitución”, agregó Berri.

                        

Los nombres de la Comisión

En el Senado los representantes de la Comisión son Teresa García y Gervasio Bozzano por Unidad Ciudadana; Walter Lanaro, Dalton Jauregui, Aldana Ahumada y Emiliano Reparaz por Cambiemos y José Luis Pallares del Frente Renovador.

Por Diputados, los que la integrarán son Manuel Mosca, Daniel Ivoskus, Laura Aprile y Gabriela Besana por Cambiemos, Ricardo Lissalde del Frente Renovador, Julio Pereyra del espacio PJ-Unidad y  Renovación, María Alejandra Martínez del Frente Amplio Justicialista, y Facundo Tignanelli de Unidad Ciudadana.

 

Los proyectos en danza

La agenda de debate será amplia, ya que los diputados y senadores pondrán sobre la mesa una extensa gama de propuestas.

De todas maneras, se tratarán prioritariamente los proyectos de desdoblamiento de elecciones municipales, (Gárate y Lissalde+Eslaiman y Schiavo de Senado), en línea con el pedido del Frente Renovador de estudiar la posibilidad durante la discusión del Presupuesto.

A continuación, los proyectos que serán presentados:

 

DIPUTADOS

 

DEROGASE EL APARTADO B) INCISO 1 DEL ARTICULO 3 DE LA LEY 5109- LEY ELECTORAL

Laura Aprile – Cambiemos

Deroga el apartado que establece que los sordomudos que no puedan darse a entender por escrito y los declarados en juicio no pueden votar.

 

ESTABLECIENDO QUE LOS MUNICIPIOS PODRAN OPTAR POR CONVOCAR A ELECCIONES PRIMARIAS, ABIERTAS, OBLIGATORIAS Y SIMULTANEAS, LEY 14086 Y ELECCIONES GENERALES LEY 5109 Y SUS MODIFICATORIAS EN FECHAS DISTINTAS A LAS QUE DETERMINE EL PODER EJECUTIVO

Pablo Garate – Frente Renovador

 

ESTABLECIENDO EL DEBATE PÚBLICO OBLIGATORIO DE LOS CANDIDATOS A GOBERNADOR DE LA PROVINCIA.

Guillermo Castello - Cambiemos

 

OTORGANDO FACULTADES AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL PARA CONVOCAR ELECCIONES ANTICIPADAS DE INTENDENTES, CONCEJALES Y CONSEJEROS ESCOLARES.

Ricardo Lissalde – Frente Renovador

 

MODIFICACION ARTICULOS DE LAS LEYES 5109, 5827, 10430 Y 11868 SOBRE DEUDORES ALIMENTARIOS.

Rodolfo Iriart – Unidad Ciudadana

Se exigirá a los postulantes las constancias que obren en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

 

MODIFICACION ARTICULO 132 TER DE LA LEY 5109 (ORGANICA DE LOS PARTIDOS POLITICOS) Y SUS MODIFICATORIAS.

Vanesa Zuccari – Cambiemos

Multa de entre 10 y 60 haberes mensuales de la administración pública provincial a quienes no respeten los plazos vigentes para hacer proselitismo.

 

MODIFICANDO EL INCISO 2° DEL ARTÍCULO 3°, E INCORPORANDO EL ARTÍCULO 3° BIS A LA LEY 5109, LEY ELECTORAL.

Vanesa Zuccari – Cambiemos

Establece quienes no pueden votar eclesiásticos regulares, condenados, y dementes, los que estén asilados en establecimientos públicos u en ongs.

 

REPRODUCCION. MODIFICACION DEL ARTICULO 109° DE LA LEY 5109 Y SUS MODIFICATORIAS, LEY ELECTORAL

Ricardo Lissalde – Frente Renovador

Propone modificaciones al sistema de distribución de escaños, una vez realizada la elección.

 

MODIFICANDO EL ARTICULO 32° DE LA LEY 5109, LEY ELECTORAL.

Maximiliano Abad – Cambiemos

Establece que aquellos candidatos que ocupen cargos electivos al momento de postularse deben acompañar carta de renuncia de ese puesto en caso de ser electos.

 

REPRODUCCION. MODIFICACION ARTICULO 3 E INCORPORACION ARTICULO 3 BIS A LA LEY 5109, LEY ELECTORAL.

Miguel Funes – Unidad Ciudadana

Incorpora a los procesados con prisión preventiva para ejercer el derecho al voto.

 

REPRODUCCION. MODIFICACION ARTICULO DE LA LEY 5109T.O. POR DECRETO 997/93 Y SUS MODIFICATORIAS, LEY ELECTORAL.

Santiago Leonardo – Frente Progresista

La Junta Electoral debe formar y depurar el padrón en un plazo de 180 días

 

REPRODUCCION, MODIFICACION LEY 5109, LEY ELECTORAL Y 14086, REGIMEN DE ELECCIONES PRIMARIAS, ABIERTAS, OBLIGATORIAS Y SIMULTÁNEAS, SOBRE CONVOCATORIA A ELECCIONES.

Ricardo Lissalde – Frente Renovador

Establece la posibilidad de desdoblar la elección de la Nación

 

INCORPORANDO Y MODIFICANDO ARTICULOS DE LA LEY 5109, LEY ELECTORAL.

Daniel Ivoskus – Cambiemos

Establece el sistema de voto anticipado

 

IMPLEMENTAR EL SISTEMA DE BOLETA ÚNICA.

Patricia Mabel Moyano – PJ Unidad y Renovación

 

LEY ELECTORAL, INCORPORANDO EL SISTEMA DE BOLETA UNICA EN SOPORTE PAPEL.

María Fernando Bevilacqua – Frente Renovador

 

ESTABLECIENDO QUE LOS PROCESOS ELECTORALES DE AUTORIDADES ELECTIVAS PROVINCIALES Y MUNICIPALES SE LLEVARAN ADELANTE POR MEDIO DE LA UTILIZACION DE LA BOLETA UNICA.

Valeria Amendolara - PJ

 

ESTABLECIENDO QUE EN LAS ELECCIONES QUE SE REALICEN EN EL AMBITO DE LA PROVINCIA DEBERAN UTILIZARSE EL SISTEMA DE "BOLETA UNICA ELECTRONICA

Fernando Pérez - Cambiemos

 

MODIFICACION ARTICULOS DE LA LEY 5109, LEY ELECTORAL, INCORPORANDO LA BOLETA UNICA COMO MECANISMOS DEL SUFRAGIO.

Lisandro Bonelli – Frente Renovador

 

IMPLEMENTANDO LA BOLETA UNICA EN PAPEL PARA LA ELECCION DE CANDIDATURAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Juan Andreotti – Frente Renovador

 

REPRODUCCION. REFORMANDO LA LEY IMPLEMENTANDO EL SISTEMA DE BOLETA UNICA.

Ricardo Lissalde – Frente Renovador

 

SENADO

 

CONSULTA POPULAR. REGLAMENTACIÓN DEL ARTÍCULO 67° INCISOS 2 Y 3 DE LA CONSTITUCIÓN PROVINCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Juan Manuel Pignocco – Unidad Ciudadana

Reglamenta la forma en que la Legislatura o el Poder Ejecutivo pueden requerir la opinión del electorado de la Provincia de Buenos Aires sobre todo asunto de especial trascendencia para la Provincia. La Consulta podrá ser Vinculante o No Vinculante. 

 

VOTO ELECTRÓNICO. MODIFICA ARTICULOS 149º Y 150º DE LA LEY 5109 -LEY ELECTORAL

José Luis Pallares – Frente Renovador

La iniciativa incluye la implementación “en forma inmediata el sistema de voto electrónico para todos los cargos electivos provinciales y municipales”.

Además, se indica que la Gobernación puede determinar el sistema más conveniente para cada elección, siempre que asegure accesibilidad, neutralidad, confiabilidad, secreto, verificalidad, contralor integral y relación entre costo y prestación, entre otros ítems.

 

MODIFICANDO EL ARTICULO 32º DE LA LEY Nº 5109 - LEY ELECTORAL

Norberto Amilcar García – PJ

Exceptúa de la disposición referida a integración igualitaria a consejeros escolares en un 50% para cada género.

 

MODIFICANDO ARTICULO 3º DE LA LEY Nº 14.086, "REGIMEN DE ELECCIONES PRIMARIAS ABIERTAS, OBLIGATORIAS Y SIMULTANEAS".

Sebastián Galmarini – Frente Renovador

Permite que quien se presente como candidato para cualquier cargo en las elecciones primarias, sólo podrá hacerlo por un partido político, agrupación municipal, federación o alianza transitoria electoral y para un sólo cargo electivo y en una sola categoría, con excepción de los cargos de Intendente y Concejal entre sí.

 

MODIFICANDO LOS ARTICULO 3º Y 9º DE LA LEY 13.569 - AUDIENCIAS PUBLICAS –

Patricio García - PJ

 

ESTABLECIENDO INCOMPATIBILIDADES PARA EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA CON LA PARTICIPACIÓN EN SOCIEDADES OFF SHORE Y/O CON LA OPERACIÓN EN PARAÍSOS FISCALES.

Federico Susbielles – Unidad Ciudadana

 

REGULANDO EL PERIODO DE TRANSICION RESPONSABLE, ORDENADO Y TRANSPARENTE DE LA GESTION MUNICIPAL, ENTRE EL GOBIERNO EN FUNCIONES Y EL  ELECTO.

Luis Vivona – PJ Unidad y Renovación

 

RETIRO DE PROPAGANDA DE LOS ESPACIOS PÚBLICOS Y PRIVADOS DE LAS AGRUPACIONES POLÍTICAS

Dalton Jáuregui – Cambiemos

Las agrupaciones políticas, una vez finalizadas las elecciones generales, deberán proceder al retiro y limpieza de todo tipo de propaganda electoral que se encuentre en los espacios públicos y privados de la Provincia de Buenos Aires, exceptuando las sedes locales, provinciales y nacionales de las mismas.

 

DECLARANDO NECESARIA LA REFORMA PARCIAL DE LA CONSTITUCION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

José Luis Pallares – Frente Renovador

Aborda una reforma del Régimen Municipal a los fines de dotar a los Municipios de la autonomía institucional que hasta el presente se encuentra retaceada. Pueden dictar una Carta Orgánica Municipal.

 

MODIFICANDO EL ARTÍCULO 21° DEL DECRETO - LEY N° 9889 Y SUS MODIFICATORIAS -ORGÁNICA DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y AGRUPACIONES MUNICIPALES-.

Gustavo Soos – PJ Unidad y Renovación

Se pretende introducir un inciso estableciendo explícitamente que las personas mayores de 16 años puedan ejercer el derecho de afiliación a un partido político o a una agrupación municipal

 

CREACIÓN DE LA AGENCIA DE INFORMACIÓN PÚBLICA EN LOS MUNICIPIOS (LEY ORGANICA MUNICIPAL).

Leandro Blanco – Cambiemos

 

DECLARANDO DE INTERES SOCIAL LA REGULARIZACION DOMINIAL DE LOS INMUEBLES DE LOS PARTIDOS POLITICOS.

Horacio López - Cambiemos

 

MODIFICA EL ARTICULO 32º DE LA LEY Nº 5109 -LEY ELECTORAL-.

Andrés De Leo – Cambiemos

Para el armado de las listas hacia las generales,  suprimiendo en la conformación de la lista el principio de secuencialidad para permitir al candidato cabeza de lista, incorporarse, no obstante que el postulante del binomio que le precede, sea del mismo sexo, (mujer-hombre- hombre-mujer u hombre-mujer-mujer-hombre).-.

 

LIMITA EL ACCESO A CARGOS PUBLICOS A PERSONAS CON ANTECEDENTES DE HABER EJERCIDO VIOLENCIA DE GÉNERO.

Walter Lanaro – Cambiemos

 

ESTABLECIENDO REQUISITOS QUE LIMITEN EL ACCESO A   CARGOS PUBLICOS

Walter Lanaro – Cambiemos

 

LEY DE FINANCIAMIENTO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS.

Gervasio Bozzano – Unidad Ciudadana

Las donaciones de las personas humanas deberán realizarse mediante transferencia bancaria, cheque, en efectivo, o cualquier otro medio siempre que permita la identificación del donante, con respaldo de los comprobantes correspondientes. Prohíbe donaciones de personas jurídicas de cualquier naturaleza.

 

LEY DE CONVOCATORIA DE ELECCIONES MUNICIPALES

Eduardo Schiavo - Cambiemos

 

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