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Miércoles, 19 noviembre 2025
Argentina
19 de noviembre de 2025
BOLETÍN OFICIAL

La ADA doblega la voluntad del Municipio por Pueblo Chapa

La resolución de prefactibilidad ambiental del gobierno local se convirtió en una rendición formal: tras haber sido expuesto por las obras clandestinas, el proyecto del barrio cerrado solo podrá avanzar si se somete y obtiene las certificaciones de la Autoridad del Agua (ADA), la misma que lo paralizó. El poder real sobre el urbanismo costero ya no reside en Mar del Plata.

La ADA doblega la voluntad del Municipio por Pueblo Chapa
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La Municipalidad de General Pueyrredon ha tenido que digerir un trago amargo de rectificación para dar un paso formal en el expediente del controvertido desarrollo inmobiliario "Barrio Cerrado Pueblo Chapa" en Colonia Chapadmalal. Al emitir la Declaración Preliminar de Impacto Ambiental (DPIA), la gestión local, a través del Ente Municipal de Servicios Urbanos (EMSUR), se limitó a formalizar su acatamiento a la tutela provincial. Esta resolución, publicada en el Boletín Oficial, constituye la aprobación de la etapa de prefactibilidad del proyecto que impulsa la firma Fiduciaria Espatolero y Lorenzo S.R.L., pero lo hace con una serie de condiciones vinculantes que reflejan la necesidad de mayor control ambiental y urbanístico sobre el emprendimiento.

El desarrollo, que busca emplazarse sobre la calle 749, a poco más de mil metros de la Ruta Provincial 11, había quedado en el centro de la controversia luego de que la Autoridad del Agua (ADA) de la provincia de Buenos Aires ordenara el cese inmediato de obras clandestinas por movimientos de suelo y la construcción de un paredón sin las habilitaciones correspondientes, tipificándolo como una infracción al Código de Aguas. La resolución municipal actual, impulsada por el Ente Municipal de Servicios Urbanos (EMSUR) en el marco de la Ley 11.723, no implica una habilitación final, sino que otorga el visto bueno a la documentación técnica inicial presentada por la desarrolladora.

No obstante, el artículo segundo de la resolución es el más relevante en términos políticos y ambientales, ya que establece una estricta hoja de ruta para la obtención de la Declaración de Impacto Ambiental definitiva. Para avanzar, la firma deberá, obligatoriamente, solicitar el inicio de la etapa de factibilidad presentando un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) completo, el cual debe incorporar un Plan de Gestión Ambiental y un Proyecto de Forestación, además de considerar las observaciones técnicas ya realizadas.

Lo más significativo y revelador del cambio de poder es que el Municipio traslada la responsabilidad y el peso de la fiscalización al exigir, de manera taxativa, que el proyecto "acredite la Aptitud de Obra para Vuelco de Efluentes Líquidos, la Obra Hidráulica y la Explotación del Recurso Hídrico". Todas estas certificaciones, enfatiza la resolución, deben ser "emitidos por la ADA", la misma entidad que meses atrás ordenó el cese y paralizó el megaproyecto. Además, se exige la Convalidación Técnica y la Prefactibilidad de Barrios Cerrados en el marco del Decreto Provincial N° 1072/18.

Esta movida municipal demuestra que, si bien el gobierno local avanza en la evaluación de prefactibilidad, se ve obligado a incorporar en sus exigencias el "filtro bonaerense", reforzando la señal de que la aprobación municipal ya no es el único ni el paso final para los desarrollos inmobiliarios costeros en General Pueyrredon. Así, el destino de Pueblo Chapa y de proyectos costeros comienza a definirse fuera de Mar del Plata: se hará en La Plata, con la lupa de la ADA puesta sobre cada metro cuadrado.

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