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Miércoles, 3 diciembre 2025
Argentina
3 de diciembre de 2025
JUDICIALES

La Suprema Corte bonaerense ratificó el derecho de docentes municipales de General Pueyrredon al pago del FONID

La Justicia bonaerense puso fin a más de veinte años de litigio al rechazar el recurso del Municipio y ratificar el derecho del plantel docente municipal a percibir el Fondo Nacional de Incentivo Docente, obligando al Ejecutivo local a saldar la deuda con sus respectivas actualizaciones.

La Suprema Corte bonaerense ratificó el derecho de docentes municipales de General Pueyrredon al pago del FONID
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La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires emitió una sentencia definitiva que sienta un precedente histórico para el ámbito educativo de General Pueyrredon. El máximo tribunal provincial rechazó el recurso extraordinario presentado por la Municipalidad, confirmando la obligación del gobierno comunal de abonar el Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID) a sus trabajadores y trabajadoras docentes. Este fallo consolida un reclamo de más de dos décadas impulsado por el Sindicato de Trabajadores Municipales (STM).

La decisión se dictó en el marco de las causas “Cabrer Adriana Inés y otros c/ Municipalidad de General Pueyrredon” y “Gonzalez Nidia y otros c/ Municipalidad de General Pueyrredon”, ratificando lo resuelto previamente por el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 2 y la Cámara Contencioso Administrativa de Mar del Plata. Estas instancias ya habían declarado la nulidad del Decreto municipal 73/06, que había sido el instrumento legal utilizado por el Ejecutivo local para negar el derecho al incentivo, generando una desigualdad salarial inaceptable. El STM señaló que el conflicto se inició porque un grupo de docentes no fue incluido en el pago del FONID, a pesar de cumplir con todos los requisitos de la Ley 25.053.

En su dictamen, la Suprema Corte fue explícita al sostener que la Municipalidad, en su rol de empleadora directa, debe garantizar el pago del FONID, más allá del mecanismo de financiamiento previsto por la normativa. La sentencia subraya que la Comuna está obligada a asegurar condiciones retributivas justas y equitativas, preservando la igualdad de trato entre todo su personal docente. La resolución judicial es contundente: el Municipio debe pagar el FONID adeudado desde la vigencia de la Ley 25.053, incluyendo las correspondientes actualizaciones y liquidaciones. 

Desde el Sindicato de Trabajadores Municipales se celebró la sentencia como la "reparación de una injusticia histórica" y se destacó que el resultado es el fruto de años de trabajo gremial y jurídico en defensa del salario y la dignidad laboral.

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