El proyectista de La Robla declaró ante la Justicia que el Municipio exigió la altura de la torre
Tras el escándalo por los "olvidos" societarios de Jerónimo Mariani, la declaración del arquitecto Oscar Cañadas expuso la trastienda del polémico proyecto edilicio, confirmando la presión oficial para elevar la estructura y exhibiendo severas inconsistencias sobre el verdadero impacto demográfico en la costa marplatense.
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El clima en el ambiente de los arquitectos marplatenses se ha vuelto espeso. Las repercusiones de la audiencia judicial en el Juzgado Contencioso Administrativo N° 1, donde Jerónimo Mariani tuvo que admitir ante el juez Simón Isacch que había "olvidado" ser socio fiduciante y copropietario de las tierras del proyecto La Robla, generaron un profundo malestar corporativo que sacudió los cimientos del prestigio profesional local. Sin embargo, el hilo conductor de este entramado de excepciones urbanísticas tiene otro escandaloso capítulo político con la comparecencia del arquitecto Oscar Cañadas, socio del mismo estudio y proyectista principal de la iniciativa, cuya declaración testimonial dejó al descubierto cómo se digitan, a puertas cerradas, las torres más cuestionadas de Mar del Plata.
Lejos de una defensa estrictamente técnica, el testimonio de Cañadas operó como una descarnada ratificación del modelo de desarrollo inmobiliario que une a la Fiduciaria Paisajes Urbanos de Florencia Miconi con las oficinas técnicas de la gestión municipal. La gran revelación de la jornada ocurrió cuando el proyectista admitió que el diseño original que presentaron a finales de 2022 ante la comuna contemplaba dos volúmenes de entre 20 y 22 pisos. Según confesó Cañadas ante el juez Isacch, fue el propio Municipio —a través del departamento de Obras, la Secretaría de Planeamiento Urbano y el área de Patrimonio— el que rechazó la propuesta inicial y los "promovió" a trabajar sobre la idea de una sola torre de gran escala, derivando en la polémica estructura de más de 30 pisos. Ante la repregunta explícita de si la decisión de estirar la altura se tomó a instancias directas de lo que quería el Ejecutivo local, el arquitecto respondió de manera tajante: "Claro".
Para justificar técnicamente semejante nivel de discrecionalidad en un distrito catalogado como R7, una zona residencial de baja densidad que originalmente prohíbe estas magnitudes, Cañadas apeló a un pragmatismo feroz. Afirmó que cualquier arquitecto convocado por un comitente para un desarrollo inmobiliario busca la máxima rentabilidad posible, calificando esa ambición comercial como "el ABC del desarrollo y el ABC del capitalismo". Asimismo, criticó la actual zonificación de la manzana en litigio, argumentando que se trata de un "apéndice irregular" rodeado por tres caras de indicadores R3 y que, desde la lógica del mercado, concentrar la altura frente a la costa sobre las calles Falucho y Alem es un proceso "natural y obvio" para asegurar las inversiones privadas, minimizando el impacto sobre el sector de casas bajas.
La polémica se trasladó al terreno de los números y las variables ambientales, donde la solidez del proyecto volvió a mostrar fisuras alarmantes ante las preguntas de la querella. Al ser interrogado respecto al impacto demográfico del edificio, Cañadas demostró una severa falta de precisión teórica. En un primer momento, el proyectista reconoció abiertamente "no recordar" cuántos dormitorios surgían del croquis preliminar aprobado por la ordenanza, y tras ser instado por el juez a realizar un cálculo mental estimativo, arriesgó que la estructura albergaría a "trescientos y pico de habitantes".
Las contradicciones internas del estudio Mariani Pérez Maraviglia Cañadas se profundizaron cuando el juez Isacch consultó si la superficie destinada a los sectores de amenities —que según las pericias de los demandantes rondan los astronómicos 3.369 metros cuadrados— se encontraba computada dentro del Factor de Ocupación Total (FOT). Cañadas respondió afirmativamente de manera tajante, asegurando que dichos metros estaban incluidos en el cálculo del indicador. La respuesta colisionó de frente con lo declarado minutos antes por su propio socio, Jerónimo Mariani, quien en la misma jornada judicial había afirmado con absoluta soltura que, por reglamentación municipal, los amenities no se incorporaban al cómputo del FOT. Esta flagrante divergencia entre los dos máximos responsables del diseño expone que la aprobación de los millonarios indicadores especiales se concedió sobre un escenario de absoluta confusión documental, donde los propios autores del proyecto no logran unificar criterios sobre cómo se midieron las superficies del edificio.
A este panorama se sumaron las evasivas de Cañadas cuando la querella lo arrinconó respecto al estado parcelario de los lotes afectados, un elemento técnico indispensable para calcular las superficies y los correspondientes indicadores urbanísticos. Al ser consultado sobre si contó con dicha documentación detallada por cada lote, el arquitecto evitó una respuesta afirmativa y admitió que definir las relaciones particulares de cada lote es una tarea que él "no hace", explicando que el estudio se limitó a trabajar sobre el "polígono" geométrico general y a basarse en las mediciones de un agrimensor, desligando su labor de las determinaciones del comitente. Esta desconexión técnica en la etapa de diseño alimenta los cuestionamientos de la parte actora en la justicia penal por presunto fraude ideológico, considerando que la fiduciaria de Florencia Miconi declaró bajo su dominio parcelas que, según informes registrales posteriores, pertenecen a firmas de terceros e incluso a un sobrante fiscal del ámbito municipal que jamás fue regularizado antes de solicitar los beneficios de excepción.
Al igual que su socio Mariani, Cañadas reconoció no conocer ninguna otra manzana en el partido de General Pueyrredon con la zonificación R7 donde se hayan autorizado planos límites similares basándose en el Código de Preservación Patrimonial, desnudando el carácter absolutamente inédito del beneficio otorgado a la firma de Miconi. La declaración ante el tribunal contencioso terminó por confirmar la hipótesis de las organizaciones civiles: en Mar del Plata, la planificación urbana ya no se debate en los carriles institucionales del Estado ni responde a las necesidades de la infraestructura pública, sino que son los propios funcionarios municipales quienes les dibujan los rascacielos a los desarrolladores cercanos bajo la premisa de que las leyes del mercado están por encima de las leyes de la ciudad.