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Miércoles, 26 agosto 2026
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26 de agosto de 2026
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La Provincia pone bajo control todos sus inmuebles públicos y habilita un poder de policía

La Provincia puso en marcha el Registro de Bienes Inmuebles del Dominio Público y obligará a los tres poderes a informar qué propiedades administran o custodian. Economía podrá calificar los bienes y ordenar restituciones, incluso con auxilio de la fuerza pública, ante ocupaciones o alteraciones. 

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El Gobierno de Axel Kicillof avanzó con la implementación del Registro de Bienes Inmuebles del Dominio Público Provincial, una herramienta que busca identificar, ordenar y proteger el patrimonio inmobiliario de la Provincia. La medida alcanza a los bienes de titularidad bonaerense afectados al uso público y a aquellos que la legislación determine expresamente como de dominio público. 

La decisión quedó formalizada mediante la Resolución 444-MECONGP-2026, del Ministerio de Economía, que designó a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad como organismo encargado de poner en funcionamiento el nuevo registro y dictar las normas técnico-registrales y administrativas necesarias.

El punto de mayor impacto político y patrimonial está en la obligación que tendrán los tres poderes del Estado bonaerense de informar los inmuebles que se encuentren bajo su administración o custodia y que, por sus características, puedan pertenecer al dominio público provincial. Deberán aportar antecedentes catastrales, cartográficos y técnicos, además de informar el uso, destino o eventuales concesiones otorgadas.

La información no implicará automáticamente la incorporación de los inmuebles al registro. La Dirección Provincial de Recursos Inmobiliarios Fiscales tendrá a su cargo el análisis de los antecedentes y la calificación jurídica definitiva para determinar qué bienes deben quedar registrados.

La resolución también refuerza las atribuciones de esa Dirección sobre el patrimonio inmobiliario estatal. El organismo podrá ejercer el poder de policía administrativa con fuerza ejecutoria sobre los bienes de dominio público provincial. Ante conductas que modifiquen, perturben o afecten esos inmuebles, podrá disponer medidas de restitución directa a costa del infractor y, si fuera necesario, requerir el auxilio de la fuerza pública.

El nuevo esquema se apoya en la modificación introducida por la Ley 15.558 al Decreto-Ley 9.533/80, que creó el Registro de Bienes Inmuebles del Dominio Público y habilitó a la autoridad de aplicación a intervenir excepcionalmente ante situaciones de extrema necesidad y urgencia para restablecer las condiciones preexistentes de los bienes públicos.

La medida adquiere especial relevancia en un contexto en el que la Provincia viene revisando la situación jurídica y registral de su patrimonio inmobiliario. El nuevo registro permitirá concentrar información sobre qué inmuebles son públicos, quién los administra, qué uso tienen y si existen concesiones sobre ellos, aunque la resolución no establece por sí misma la venta, cesión o desafectación de ningún inmueble.

De hecho, el propio régimen establece procedimientos específicos para la eventual desafectación de un inmueble del dominio público y su incorporación al dominio privado provincial, una instancia que requiere un instrumento administrativo específico. 

 

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