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Domingo, 11 mayo 2025
Argentina
10 de abril de 2019
NUEVAS IRREGULARIDADES

Evasivas y ocultamiento de información en Punta Mogotes

El administrador Amud denegó el acceso a las resoluciones bajo las que se habría nombrado personal durante la vigencia de una prohibición decretada por Vidal. Una auditoría realizada por la Dirección de Relaciones Laborales bonaerense respaldó los nombramientos.

Evasivas y ocultamiento de información en Punta MogotesEvasivas y ocultamiento de información en Punta Mogotes
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Los posibles nombramientos de personal en la Administración de Punta Mogotes, a cargo de Carlos Amud, durante el periodo de vigencia de un decreto de Vidal que las prohibía, siguen en una nebulosa. Ahora el administrador finalmente confirmó su negativa al pedido de información realizado por este medio para conocer las resoluciones con las que se realizaron las designaciones.

“Las Resoluciones por Ud. Solicitadas, no corresponde hacerlas públicas, ya que estas no se tratan de actos administrativos corrientes; sino que forman parte de los legajos personales (sic) de los agentes de APM”, sostuvo el escrito rubricado con la firma de Charly Amud, mano derecha del diputado provincial Manino Iriart.

Según consultó La Tecla Mar del Plata con especialistas de la administración pública, los actos administrativos no se clasifican en “corrientes” o “no corrientes”. En cambio, pueden ser de alcance particular o general, y eventualmente pueden ser reservados- si se trataré de temas vinculados a la seguridad nacional, la defensa nacional y de valores estratégicos-, pero este no es el caso por tratarse de designaciones de personal que afectan el erario público.

Este medio no requirió vista de los legajos –que contienen información personal- sino la entrega de las resoluciones por las cuales se designaron las personas aludidas. En tanto, no se puede negar la divulgación de un documento salvo que el daño causado al interés protegido sea mayor al interés público de obtener la información, situación inexistente en este caso.

En tanto, si un documento contiene información sensible se debe dar a conocer aplicando el sistema de disociación o de tachas, dejando al descubierto aquella información que no está incluida como excepción.

La información generada en el Estado es pública, salvo casos especiales, y esto está contemplado en una amplia doctrina que va de tratados internacional a la Constitución Nacional y Provincial, como así instrumentos más precisos como la Ley 12.475/00 y su decreto reglamentario 2.549/04.





Amud y Manino Iriart
 

El pasado 20 de marzo este medio registró un pedido de informe donde se solicitó copia de las resoluciones 55-16, 62-16 y 34-17, mediante las cuales se realizaron los nombramientos de tres empleados, en principio ligados a Amud, todo en el marco del plazo de suspensión del decreto 618/16.

Con ese instrumento, la gobernadora Vidal suspendió “por el plazo de un año a partir de la fecha de la publicación del presente, las designaciones de personal de planta permanente y de la planta transitoria prevista en los artículos 15 inciso d) y 111 inciso d) de la Ley N° 10.430 de todas las jurisdicciones y organismos de la Administración Pública centralizada y descentralizada, cualquiera sea su régimen estatutario y el agrupamiento ocupacional, congelándose todas las vacantes existentes o que se produzcan en igual lapso”.

 

Auditoría provincial

Otro de los argumentos esgrimidos por Amud para no dar a conocer las resoluciones es que “esta administración tuvo una Auditoría, los días 13, 14 y 15 de agosto de 2018 donde fueron auditados la totalidad de los legajos, la misma fue encomendada por el Director provincial de Relaciones Laborales dependientes de la Subsecretaría de Capital Humano al Director de Asuntos Laborales, y de esta no surge ninguna observación en cuanto a la fecha de los nombramiento efectuados”.

Si una Auditoria realizada en agosto de 2018 concluyó que no había observaciones que efectuar respecto a los nombramientos, con más razón el Sr. Administrador debiera brindar esa información si entiende que nada ha sido realizado en violación de la ley; cuestión que, por otra parte, es la justicia la que debe resolverlo.

De acuerdo a lo reconstruido por este medio, el encargado de la auditoría –tramitada bajo el expediente 2336-5488/2018- que determinó la inexistencia de irregularidades fue el director de Asuntos Laborales, Juan Pablo Barroso, quien depende de la Dirección de Relaciones Laborales a cargo de Luis Montuelle y dentro del organigrama del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros.

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