La Tecla Mar del Plata
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Luego de un fin de año donde la Municipalidad de General Pueyrredon mantuvo una intensa campaña contra la comercialización de pirotecnia, el intendente Guillermo Montenegro sorprendió con un decreto donde ahora habilitó la venta y uso de artefactos con un sonoridad de hasta 85 decibeles.
El instrumento utilizado por el jefe comunal fue un decreto reglamentario de la Ordenanza N°24.686, mediante el cual el Concejo Deliberante en febrero de 2020 aprobó el decreto del presidente del HCD que en diciembre de 2018 había establecido la prohibición, tras un proyecto presentado por el Ejecutivo días después del cambio de gobierno.
Sin embargo, la reglamentación que recién se conoce ahora modifica el Art.1 de dicha normativa, donde se prohíbe “la utilización, tenencia, acopio, exhibición, fabricación, detonación, comercialización y/o expendio de artificios de todo tipo de pirotecnia y cohetería con efecto sonoro”. El nuevo Decreto 2073/20 limitó la restricción para la pirotecnia “con efecto sonoro superior a 85 decibeles”.
Entre los argumentos expuestos en los considerandos, se sostuvo que “resulta razonable establecer el límite en 85 decibeles ya que este nivel de decibeles equivale al paso de un tren, maquinaria de una fábrica, las sirenas de los bomberos, una manifestación ruidosa”.
Allí se establece que la reglamentación aprobada entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, situación que ocurrió el pasado 30 de diciembre, aunque el archivo recién fue subido esta semana a la web de la Municipalidad. De ello se desprende que la nueva normativa ya era de aplicación para los festejos de Año Nuevo. En un reciente comunicado, el gobierno informó que desde que se implementó la ordenanza antipirotecnia se secuestraron tres toneladas de material prohibido.
Por otro lado, en la reglamentación Montenegro detalló los barrios declarados Reserva Forestal donde si está prohibido el depósito, empleo y quema de artificios de todo tipo. Ellos son El Sosiego, El Tejado, Las Margaritas, La Florida, Barrio Parque Camet, Las Dalias, Grosellar y Montemar, Sierra de los Padres, Casa sobre el Arroyo, Bosque Alegre, Colina Alegre, Colinas de Peralta Ramos, El Alfar, Barrio Acantilados y Barrio Mar y Sol, Reserva Integral de Laguna de los Padres, Reserva Natural Puerto Mar del Plata y playas linderas, Reserva Turística Forestal del Paseo Costanero Sud, incluyendo sus playas adyacentes en los sectores públicos y privados, Parque Camet; en los cuales se encuentra prohibido el depósito, empleo y quema de artificios pirotécnicos de venta controlada.

Los motivos de fondo
Como adelantó La Tecla Mar del Plata en julio del año pasado, los empresarios agrupados en la Cámara Argentina de Fuegos Artificiales (Caefa) venían impulsando gestiones para encontrar un punto de equilibrio con el gobierno municipal entre la prohibición absoluta que regía desde 2019 y la total liberalización.
El vocero de la entidad, Ezequiel Asquinasi, habló de la necesidad de “abrir una discusión” al respecto. “La división no es ente pirotecnia sonora y lumínica, porque además la lumínica tiene algún grado de sonoridad. La división es entre pirotecnia de alto o bajo impacto sonoro. Desde la cámara apoyamos las campañas que alertan sobre las implicancias nocivos del uso de la pirotecnia de alto impacto en personas con trastorno del espectro autista, pese a que nos asiste el derecho de comercializarla”, sostuvo.
Ni bien se comenzó a implementar la ordenanza antipirotecnia, la Caefa llevó el tema a la Justicia, en una causa que tuvo avances hasta marzo. En ese entonces, los empresarios apostaron a un entendimiento con el gobierno, que se dilató en el marco de la pandemia. A su favor, la Cámara cuenta con innumerables fallos judiciales en su favor, donde se reconoce la inconstitucionalidad de la prohibición de la comercialización de pirotecnia, un producto de venta licita y regulado por ley nacional.
Uno de los fallos más destacados en uno de la propia Suprema Corte de Justicia bonaerense, que en 2018 declaró la inconstitucionalidad de la Ordenanza N°220/15 de la Municipalidad de General Alvarado. Asimismo, el año pasado la justicia marplatense hizo lugar a una medida cautelar que dispone la suspensión de la Ordenanza 61/19 de Mar Chiquita, sancionada en octubre de 2019 y que disponía la prohibición de la pirotecnia.
Esos antecedentes no pasaban desapercibidos en el gobierno de Montenegro, donde saben que el natural avance de la causa judicial desembocaría en un fallo en contra. De ese modo y para evitarlo, la morigeración de la restricción fue la salida decorosa. Ahora se espera que en la causa que tramita el juez Issach se incorpore un acuerdo extrajudicial que de por finalizado el litigio.