Argentina
Sábado, 20 abril 2024
DECISION
3 de febrero de 2021

¿A juicio?: el gobierno rechazó el pago de vacaciones no gozadas a exfuncionarios de Arroyo

La resolución afecta al caso de Eduardo Leitao, aunque marca un antecedente para otros reclamos idénticos, incluido el del propio exintendente. El decreto de Montenegro se conoce tras una orden judicial.

¿A juicio?: el gobierno rechazó el pago de vacaciones no gozadas a exfuncionarios de Arroyo - La Tecla Mar del Plata
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La extensa novela del reclamo por el pago de vacaciones adeudadas de exfuncionarios municipales, incluido el propio Carlos Arroyo, sumó un capítulo trascendental: tras una orden judicial, el intendente Guillermo Montenegro rechazó las presentaciones interpuestas por el extitular del Emsur, Eduardo Leitao, por considerar que la liquidación de licencias no gozadas no aplica para quienes hayan ejercido cargos políticos.

El comienzo del conflicto se remonta a diciembre de 2019, cuando el exintendente Arroyo y ocho de sus funcionarios iniciaron actuaciones administrativas para cobrar el dinero correspondiente a las vacaciones que no habían gozado desde 2018. Frente a la falta de avance de esos expedientes, en noviembre de 2020 todos ellos fueron a la Justicia en una doble presentación de acción de amparo por mora contra la Municipalidad: por un lado, la de Leitao en soledad, y, por el otro, la de todos los otros protagonistas. En ambos casos, las presentaciones fueron impulsadas por el Estudio Jurídico Gil de Muro – Vicente, de los esxecretarios de Legal y Técnica, Gustavo Gil de Muro, y el de Gobierno, Alejandro Vicente, dos de los reclamantes.

A fines de diciembre de 2020, poco antes del inicio de la Feria Judicial, Leitao consiguió un fallo a favor de parte del Juzgado Contencioso Administrativo N°2. Allí, el magistrado Marcelo Fernández consideró la existencia de suficiente evidencia sobre la falta de justificantes en la demora para que la Municipalidad resuelva el trámite administrativo ante el reclamo del exhombre fuerte del Emsur y le dio un plazo de 30 días hábiles para que la Comuna proceda a dictar acto administrativo definitivo.

Precisamente, ayer el gobierno publicó el Decreto 202/21 en el Boletín Oficial, donde rechazó la presentación de Leitao, marcando un antecedente ante el reclamo idéntico que mantienen Arroyo y compañía en la otra causa, que en este caso tramita el Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 de Simón Isaach. De esta manera, Leitao ahora quedó habilitado a volver a recurrir a la justicia, ahora ya si para pedir la anulación del decreto municipal y lograr el cobro de los 68 días de vacaciones no gozadas, por unos $840 mil sin considerar intereses resarcitorios.

Entre los principales argumentos esgrimidos por la Comuna se destaca que la relación entre el personal político y el Estado municipal no está regida por la Ley 14.656 que establece el Estatuto de Empleo Público Municipal de la Provincia de Buenos Aires, ya que dicha normativa “excluye del régimen a todos los funcionarios superiores y/o personal con designación política de los Departamentos Ejecutivo y Legislativo”.

Asimismo, “entre el exfuncionario político y el Municipio no existió una relación de dependencia laboral, ni se dio relación de ´contrato de trabajo´ alguna”, por lo que “no se le aplica el mismo régimen que regula a los empleados municipales”. Por ello, “las licencias generadas por dicho exfuncionario deben ser gozadas”, sin posibilidad de pedir un resarcimiento económico si no las utiliza.

En esa línea, la Municipalidad se apoyó en una resolución de noviembre de 2019 de la Asesoría General de Gobierno bonaerense, donde se afirmó que el objetivo de las vacaciones es “el goce real y efectivo del descanso temporal acordado” descartando “toda posibilidad de que (el monto correspondiente a vacaciones) se transforme en un motivo para incrementar el salario (de un funcionario político)…evitando que su compensación monetaria se transforme en un motivo para incrementar la remuneración del agente”.

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