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Jueves, 28 marzo 2024
BONIFICACIONES DOCENTES
28 de junio de 2021

Fallo en contra de la Suprema Corte: el Concejo Deliberante deberá pagar los honorarios de su abogada

El tribunal rechazó el planteo de Bordaisco para que Sáenz Saralegui pague por la contratación de la letrada que representó al HCD en la controvertida causa.

Fallo en contra de la Suprema Corte: el Concejo Deliberante deberá pagar los honorarios de su abogada - La Tecla Mar del Plata
Fallo en contra de la Suprema Corte: el Concejo Deliberante deberá pagar los honorarios de su abogada - La Tecla Mar del Plata

Tras más de dos años y medio de litigios judiciales, la Suprema Corte le puso punto final a su intervención en las diversas polémicas surgidas a partir del conflicto por las bonificaciones docentes. En este caso, por la falta de pago de honorarios a la abogada que representó al Concejo Deliberante en la causa donde fue demandado por el exintendente Carlos Arroyo por competencia de poderes: el máximo órgano judicial bonaerense rechazó la pretensión del presidente Ariel Bordaisco de que su antecesor Guillermo Sáenz Saralegui se haga cargo del pago por presuntas irregularidades en el nombramiento de la letrada.

En la Resolución firmada unánimemente por los jueces Sergio Torres, Luis Genoud, Hilda Kogan y Daniel Soria, rechazaron contundentemente la postura de Bordaisco sobre que el nombramiento de la abogada Carolina Morteo se realizó por un decreto de Presidencia que nunca fue refrendado por el Concejo Deliberante, por lo que carecería de validez. “Los hechos alegados no resultan subjetivamente imputables a la ejecutante”, resaltaron los magistrados en el fallo de 10 páginas al que accedió La Tecla Mar del Plata.

En esa línea, la Suprema Corte señaló que en ninguna de las oportunidades en que el HCD fue notificado del retraso en el pago de los honorarios “la demandada se opuso a la prosecución del cobro perseguido, ni postuló cuestionamiento o impedimento alguno”. Así, "se advierte que los honorarios que ahora se pretenden ejecutar se encuentran firmes y consentidos, circunstancia que torna exigible el crédito invocado contra quien -coincidentemente- resulta condenado en costas en la causa principal”, argumentó el tribunal.

Como conclusión, rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva interpuesta por el Presidente del Concejo Deliberante, Ariel Bordaisco, a la par que desestimó el pedido de citación como tercero del señor Guillermo Raúl Sáenz Saralegui, resolución que ya fue notificada al HCD, que ahora deberá afrontar el pago de una suma cercana a los $200 mil.


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La Suprema Corte y un revés para el HCD marplatense



La dura respuesta de la abogada

Luego del planteó del HCD desconociendo su responsabilidad en el pago de los honorarios, la abogada Morteo realizó un fuerte descargo en el marco de la causa. Además de los planteos jurídicos sostuvo que el HCD se maneja como “una compañía financiera” y que el proceder es impropio para el de una institución que “se autodenomina Honorable”.

En lo legal, manifestó que “resulta improcedente jurídicamente se presente hoy alegando su falta de legitimación pasiva, con una clara conducta de negarse a hacerse cargo de los honorarios, ignorando la ya antigua ´Teoría del órgano Administrativa y la continuidad jurídica del Estado ´lato sensu´  como Persona Jurídica Estatal”, es decir, desconociendo lo actuado por su antecesor Sáenz Saralegui.

Pero lo más jugoso estuvo por fuera de lo estrictamente jurídico: “dicha conducta, que si podría esperarse de una compañía financiera, es impropia de un órgano legislativo que se autodenomina ´Honorable´”, arremetió Morteo en el escrito judicial que ya fue incorporado a la causa que lleva adelante la Suprema Corte.

En tanto, aprovechó para pasarle una factura al conjunto de los bloques: “no había dentro del más de centenar de ´Asesores´ de la Planta Política ni Administrativa el HCD quien estuviera en condiciones de hacerlo”.

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