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Sábado, 13 junio 2026
Argentina
13 de junio de 2026
CASO TESTIGO

Excepciones urbanísticas y controversia judicial por la proyectada torre de La Robla

El litigio en torno al edificio de 35 pisos en el sector costero expone un presunto entramado de irregularidades administrativas y corporativas, transformándose en un caso testigo sobre los límites de la planificación pública y el uso de las excepciones patrimoniales.

Excepciones urbanísticas y controversia judicial por la proyectada torre de La Robla
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El desarrollo urbanístico denominado "La Robla", proyectado en la manzana delimitada por las calles Leandro N. Alem, Falucho, Aristóbulo del Valle y Gascón, se encuentra en el centro de un intenso debate político y judicial en Mar del Plata. Lo que originalmente se presentó como un ambicioso proyecto de refuncionalización patrimonial del "Chalet de María Frers de Mahn" y un conjunto diseñado por el ingeniero Alula Baldassarini, ha derivado en una causa judicial impulsada por la ONG Mirada Ciudadana, bajo la carátula de pretensión anulatoria ante el Juzgado Contencioso Administrativo N° 1, a cargo del juez Simón Isacch. El caso arroja luz sobre los mecanismos de excepción edilicia y las dinámicas entre desarrolladores privados y la administración pública local.

El factor de la altura y el quiebre del paisaje urbano

El núcleo del conflicto radica en la escala del proyecto. La propuesta contempla la construcción de dos estructuras, destacándose una torre de 35 pisos con una altura aproximada de 129 metros. Esta dimensión contrasta con la normativa vigente para el distrito en cuestión, catalogado técnicamente como una zona de baja densidad (R7), donde las pautas generales admitirían un plano límite considerablemente menor, equivalente a unos 7 metros de altura o un máximo de siete pisos según las interpretaciones técnicas de la zona.

Para sortear estas restricciones, los impulsores del proyecto habrían recurrido al artículo 11 del Código de Preservación Patrimonial. Dicha norma faculta al Concejo Deliberante a otorgar indicadores urbanísticos especiales con el fin teórico de garantizar la conservación de los bienes declarados de interés patrimonial. Sin embargo, diversas presentaciones en el expediente judicial cuestionan si este mecanismo se está utilizando de forma desnaturalizada.
Organizaciones especializadas y juristas sostienen que el otorgamiento de estos indicadores no debería ser automático por el solo hecho de poseer un bien protegido. Recientemente, el abogado constitucionalista Daniel Sabsay presentó un amicus curiae en el expediente, argumentando que los indicadores deben considerar la categoría específica de preservación.

En el caso de La Robla, se destaca un "valor contextual", orientado a preservar la identidad paisajística y el entorno urbano. La construcción de una torre de tal envergadura, según los denunciantes y los informes de la asociación civil ICOMOS —consultora de la UNESCO—, podría terminar desdibujando y destruyendo el mismísimo valor de contexto que la norma pretende proteger, alertando sobre un uso netamente especulativo de la figura legal.

Firmas bajo sospecha y la vía penal

El trámite administrativo, iniciado mediante el denominado Formulario 7 ante la Dirección de Ordenamiento Territorial de la comuna, también se encuentra bajo severos cuestionamientos procedimentales. Mirada Ciudadana radicó una denuncia penal que actualmente tramita ante la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) N° 10, dirigida contra el arquitecto Ricardo Rodríguez, responsable de firmar la Fundamentación Urbanística del proyecto junto al abogado Martín Colombo.

A requerimiento de la parte actora, el Colegio de Arquitectos del Distrito 9 informó al juzgado que el mencionado profesional no se encontraría habilitado para el ejercicio de la arquitectura en la provincia de Buenos Aires, registrando una interrupción en su matrícula desde hace más de una década. El falseamiento de estas condiciones en un trámite que reviste carácter de declaración jurada dio pie a la acusación por presunta usurpación de título. Asimismo, la oposición y los denunciantes señalan de manera recurrente la existencia de un circuito cerrado de profesionales técnicos que suelen suscribir estas solicitudes de indicadores especiales, vinculando frecuentemente al estudio proyectista, a la empresaria Florencia Miconi y a figuras como María Müller, esposa del actual secretario de Obras municipal, Jorge "Guasa" González.

Titularidades en duda y el hallazgo de un sobrante fiscal

Uno de los puntos más complejos del expediente judicial se vincula con la acreditación de la propiedad de la tierra. Al momento de presentar la solicitud administrativa, Fiduciaria Paisajes Urbanos MDP S.A. —presidida por Florencia Miconi— y el arquitecto Jerónimo Mariani habrían manifestado bajo declaración jurada ser titulares del conjunto de parcelas que integran la manzana afectada por los nuevos indicadores. No obstante, las pruebas documentales arrimadas al juicio exponen inconsistencias de gravedad institucional.

Tras un oficio librado al Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires (RPBA) en diciembre de 2025, los informes de dominio revelaron que al menos dos de los lotes comprendidos en la ordenanza de excepción no pertenecían a la fiduciaria.

Una de las parcelas figura a nombre de la firma Inmobiliaria Posadas S.A., según asientos registrales vigentes.

Otra de las fracciones correspondería a un "sobrante fiscal", es decir, una propiedad del ámbito municipal que no fue adquirida ni regularizada formalmente por los privados antes de solicitar los beneficios urbanísticos.

Este escenario llevó a los denunciantes a solicitar al juez Isacch la remisión de copias a la justicia penal para investigar la posible comisión de delitos como fraude ideológico (por la inserción de datos falsos en documentos públicos), estafa procesal (al intentar inducir a un fallo judicial basado en premisas falsas) e incumplimiento de los deberes de funcionario público, ante la aparente falta de controles por parte de las oficinas técnicas del Municipio que validaron el expediente sin constatar los títulos de propiedad. Ante este planteo, el magistrado resolvió recientemente habilitar a las partes a recurrir de manera directa a la justicia penal para viabilizar las denuncias correspondientes.

El "olvido" corporativo y la concepción de la ciudad

La dimensión política del caso se hizo evidente durante las audiencias de producción de prueba testimonial. Al ser citado a declarar bajo la obligación de no poseer intereses económicos en el resultado del pleito, el arquitecto Jerónimo Mariani se presentó estrictamente en calidad de diseñador del proyecto. Sin embargo, la incorporación al expediente del contrato de constitución del "Fideicomiso Alem 2500 - La Robla" —fechado originalmente en septiembre de 2023— demostró que el profesional, junto a su hermano Agustín Mariani, reviste además el carácter de socio fiduciante aportante de tierras, poseyendo un beneficio directo en metros cuadrados edificables. Al ser confrontado con la documentación en plena audiencia virtual, Mariani habría argumentado haber "olvidado" que poseía un terreno en dicha locación, pidiendo disculpas al tribunal.

Más allá de la anécdota judicial, las declaraciones de los desarrolladores exponen una filosofía particular respecto del planeamiento de Mar del Plata. Al ser indagado sobre los criterios técnicos para fijar la altura de 35 pisos, Mariani habría afirmado ante el juez:
“Como estudio, nosotros pensamos esta ciudad, nosotros somos los que pensamos esta ciudad, nosotros decidimos esta ciudad”.

Esta postura reactivó las críticas de diversos sectores civiles y políticos, quienes denuncian que la planificación territorial y la configuración del perfil costero están siendo delegadas de facto en corporaciones privadas mediante un encadenamiento sistemático de excepciones, en desmedro de los carriles democráticos e institucionales del Estado local. Con las denuncias penales en el horizonte y el trámite administrativo viciado, el caso de La Robla se consolida como el espejo de una puja profunda por el modelo de ciudad y el valor del patrimonio público.

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