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Viernes, 23 mayo 2025
Argentina
22 de mayo de 2025

Las repercusiones marplatenses ante el decreto que limita el derecho a huelga

Con la excusa de reformar la marina mercante, el Gobierno nacional volvió a la carga contra los derechos laborales. El Decreto 340/2025 redefine qué actividades son “esenciales” y obliga a garantizar altos niveles de funcionamiento durante las huelgas, limitando gravemente el ejercicio de esta herramienta constitucional.

Las repercusiones marplatenses ante el decreto que limita el derecho a huelga
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Con la publicación del Decreto 340/2025 en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional volvió a avanzar sobre el derecho constitucional a huelga. Bajo el pretexto de modificar el régimen de la marina mercante, la norma incorpora cambios sustanciales en materia laboral que van en línea con el DNU 70/2023, cuyo capítulo vinculado al trabajo fue declarado inconstitucional por la Justicia.
 

El nuevo decreto amplía de manera considerable el concepto de “servicios esenciales”, incluyendo rubros como el transporte de cargas y de personas, la educación y los servicios de telecomunicaciones. En estos sectores, se establece la obligación de garantizar al menos el 75% del funcionamiento durante una medida de fuerza, una exigencia que desnaturaliza la herramienta del paro como mecanismo legítimo de presión y negociación.
 

En este sentido, en la ciudad se vieron repercusiones ante el ataque al derecho a huelga. La CGT Regional Mar del Plata, compartió en sus redes sociales un comunicado en contra de este nuevo decreto: “Rechazamos este nuevo intento de adoctrinar a la sociedad, demonizar la organización y socavar la democracia, para construir una colonia sobre sus ruinas.”


 

Por otra parte, el Partido Justicialista MdP - Batán, también compartió en sus redes un posteo donde se manifiestan en contra de lo impuesto mediante decreto: “Rechazamos otra vez este nuevo intento de avasallamiento a nuestra Constitución. Estaremos siempre en defensa de los derechos de lxs trabajadorxs.”


Pero la avanzada no se detiene ahí. El texto también crea una nueva figura: la de “servicios de importancia trascendental”, que obliga a mantener un 50% de prestación mínima. La amplitud con la que se define esta categoría deja abierta la puerta a interpretaciones discrecionales que podrían incorporar a casi cualquier actividad, profundizando la ofensiva oficialista contra la capacidad de organización y protesta de las y los trabajadores.

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