Argentina
Miércoles, 24 abril 2024
SENTENCIA
21 de noviembre de 2020

Tras el pase a Fase 4, la Justicia Federal declaró abstracta la demanda de los gastronómicos

El juez Martin entendió que la petición “carece de virtualidad jurídica alguna”, luego que la actividad fuera habilitada incluso en espacios cerrados.

Tras el pase a Fase 4, la Justicia Federal declaró abstracta la demanda de los gastronómicos - La Tecla Mar del Plata
Tras el pase a Fase 4, la Justicia Federal declaró abstracta la demanda de los gastronómicos - La Tecla Mar del Plata

El juez federal Santiago Martin resolvió declarar abstracta la demanda entablada por un conjunto de comerciantes gastronómicos marplatenses, luego que la actividad fuera habilitada por la Provincia y Nación incluso en ámbitos cerrados, bajo la implementación de protocolos sanitarios.

Esa posibilidad había quedado allanada en la audiencia conciliatoria realizada el pasado viernes entre el abogado de los gastronómicos, Fernando Herrera, y los representantes de la jefatura de Gabinete de la Provincia y de Nación, donde los propios demandantes habían acordado en esa salida, al igual que el fiscal general Daniel Adler.

En la sentencia, el titular del Juzgado Federal N°4 consideró que “las cuestiones a ser analizadas en un juicio a causa judicial, deben ser actuales al momento de su análisis por los magistrados, y ello no sucede cuando los derechos constitucionales no poseen aptitud para ser tutelados por haber fenecido el agravio que motivó el pedido de intervención judicial urgente, como ha ocurrido”.


La demanda fue impulsada por un grupo de gastronómicos marplatenses


“Lo medular del agravio invocado por los accionantes pasaba por las restricciones vigentes al tiempo de interposición de la acción, para desarrollar libremente sus actividades comerciales, las que fueron dejadas sin efecto por las autoridades competentes”, agregó el letrado.

En ese sentido, luego de oficializado el paso a Fase 4 de General Pueyrredon, los gastronómicos “han sido satisfechos en la procura de sus derechos a trabajar y ejercer industria lícita, invocados originalmente”, por lo que “dicha petición carece, al día de hoy, de virtualidad jurídica alguna”.

De ese modo, el magistrado resolvió “declarar de tratamiento abstracto la cuestión que se plantea”, por lo que se archivará la causa.

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